Última actualización BOAM: 11 de mayo de 2022
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayuda por gastos de adopción o acogimiento del año 2022 dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Conceder las ayudas por gasto de adopción o acogimiento del año 2022 al personal relacionado en el presente expediente, por importe individual de 500 euros.
TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 1.000 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a la aplicación presupuestaria 001/170/22101/16204 del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente.
CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet/extranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es).
QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por gasto de adopción o acogimiento concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.