Ayuda educación infantil Ayuntamiento de Madrid. Convocatoria 2025

Última actualización BOAM: 5 de febrero de 2026

  • Resolución de 2 de febrero de 2026 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.
  • Resolución de 2 de febrero de 2026 del Director General de Función Pública por la que se deniegan solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

BOAM 5/2/2026

Resolución de 2 de febrero de 2026 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de concesión de la ayuda de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Conceder las ayudas de educación infantil, por los importes determinados en cada caso, a las personas solicitantes relacionadas en el presente expediente por cumplir los requisitos exigidos.

TERCERO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es), en la web https://jubilacion.madrid.es y en https://exempleado.madrid.es).

CUARTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de educación infantil, convocatoria 2025, concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

QUINTO.

Imputar el gasto derivado de la concesión de las citadas ayudas por importe de 34.865,25 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a la siguiente aplicación presupuestaria del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:

· 001/140/221.01/162.04. “Acción Social Acuerdo-Convenio”: 34.865,25 €.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación:


Resolución de 2 de febrero de 2026 del Director General de Función Pública por la que se deniegan solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de denegación de solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Denegar las solicitudes de ayudas de educación infantil del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, relacionadas en el expediente, por no cumplir los requisitos establecidos para su concesión.

TERCERO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es), en la web https://jubilacion.madrid.es y en https://exempleado.madrid.es.

CUARTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de educación infantil, convocatoria 2025, denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

BOAM 27/11/2025

Resolución de 25 de noviembre de 2025 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de concesión de la ayuda de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Conceder las ayudas de educación infantil, por los importes determinados en cada caso, a las personas solicitantes relacionadas en el presente expediente por cumplir los requisitos exigidos.

TERCERO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.

CUARTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de educación infantil, convocatoria 2025, concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

QUINTO.

Imputar el gasto derivado de la concesión de las citadas ayudas por importe de 528.528,25€ que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:

· 001/140 / 221.01 /161.09 . "Otra Acción Social Personal Jubilado o Pensionista": 1.745,20€

· 001/140 / 221.01 /162.03 . "Acción social org. gob. y personal directivo": 1.800,00€

· 001/140 / 221.01 /162.04 . "Acción Social Acuerdo-Convenio": 524.983,05€


Resolución de 25 de noviembre de 2025 del Director General de Función Pública por la que se deniegan solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de denegación de solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Denegar las solicitudes de ayudas de educación infantil del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, relacionadas en el expediente, por no cumplir los requisitos establecidos para su concesión.

TERCERO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

CUARTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de educación infantil, convocatoria 2025, denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.


Resolución de 25 de noviembre de 2025 del Director General de Función Pública por la que se declaran desistidas solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de desistimiento de solicitudes de ayudas de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de educación infantil del personal del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2025, relacionado en el presente expediente, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.

TERCERO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

CUARTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de educación infantil, convocatoria 2025, que se declaran desistidas en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

BOAM 15/10/2025

Resolución de 10 de octubre de 2025 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de solicitudes de la ayuda de educación infantil, convocatoria 2025, a personal del Ayuntamiento de Madrid.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayuda de educación infantil de personal municipal, correspondientes a la convocatoria 2025 del Ayuntamiento de Madrid, que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Requerir a las personas solicitantes relacionadas en el expediente para que subsanen su solicitud o aporten la documentación indicada en cada caso.

TERCERO.

Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se tendrá a las personas solicitantes por desistidas de su petición.

CUARTO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

QUINTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

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