Ayuda educación infantil Ayuntamiento de Madrid. Convocatoria 2024

Última actualización BOAM: 16 de octubre de 2024

  • Resolución de 11 de octubre de 2024 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de solicitudes de la ayuda de educación infantil, convocatoria 2024, a personal del Ayuntamiento de Madrid.

Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se tendrá a las personas solicitantes por desistidas de su petición. 

BOAM 16/10/2024

Resolución de 11 de octubre de 2024 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de solicitudes de la ayuda de educación infantil, convocatoria 2024, a personal del Ayuntamiento de Madrid.

PRIMERO.

Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayuda de educación infantil de personal municipal, correspondientes a la convocatoria 2024 del Ayuntamiento de Madrid, que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.

SEGUNDO.

Requerir a las personas solicitantes relacionadas en el expediente para que subsanen su solicitud o aporten la documentación indicada en cada caso.

TERCERO.

Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se tendrá a las personas solicitantes por desistidas de su petición.

CUARTO.

Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

QUINTO.

Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de educación infantil del Ayuntamiento de Madrid requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

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