Abierto plazo de solicitud para las ayudas de tratamiento psicológico psiquiátrico

Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2024

  • Desde el día 2 de septiembre y hasta el 2 de octubre de 2024, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para tratamiento psicológico o psiquiátrico, no farmacológicos, realizados desde el 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024, a las que se deberá acompañar las facturas y el correspondiente informe médico (consultar bases).
  • Si la persona beneficiaria pertenece a Mutualidades (MUFACE, ISFAS, etc.) debe acreditarse esta circunstancia documentalmente, acompañando al informe médico en un único archivo.
  • Sólo se admitirá una solicitud por cada persona beneficiaria, a la que se adjuntarán en un único archivo todas las facturas.
  • Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática:
    • El personal activo: a través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda.
    • El personal jubilado y pensionista a través del Portal del Personal Jubilado del Ayuntamiento de Madrid en la dirección electrónica  https://jubilacion.madrid.es, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de las vigentes bases generales.

Desde el día 2 de septiembre y hasta el 2 de octubre de 2024, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para tratamiento psicológico o psiquiátrico, no farmacológicos, realizados desde el 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024, a las que se deberá acompañar las facturas y el correspondiente informe médico (consultar bases).

Si la persona beneficiaria pertenece a Mutualidades (MUFACE, ISFAS, etc.) debe acreditarse esta circunstancia documentalmente, acompañando al informe médico en un único archivo.

Sólo se admitirá una solicitud por cada persona beneficiaria, a la que se adjuntarán en un único archivo todas las facturas.

Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática:

-          El personal activo: a través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda

-          El personal jubilado y pensionista a través del Portal del Personal Jubilado del Ayuntamiento de Madrid en la dirección electrónica  https://jubilacion.madrid.es, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de las vigentes bases generales.

Si necesitas información adicional puedes contactar:

-          Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en https://jubilacion.madrid.es o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo y jubilado del Ayuntamiento de Madrid o personal pensionista).

-          En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo o jubilado de dichos Organismos).

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