Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2024
Si la persona beneficiaria pertenece a Mutualidades (MUFACE, ISFAS, etc.) debe acreditarse esta circunstancia documentalmente, acompañando al informe médico en un único archivo.
Sólo se admitirá una solicitud por cada persona beneficiaria, a la que se adjuntarán en un único archivo todas las facturas.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática:
- El personal activo: a través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda
- El personal jubilado y pensionista a través del Portal del Personal Jubilado del Ayuntamiento de Madrid en la dirección electrónica https://jubilacion.madrid.es, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de las vigentes bases generales.
Si necesitas información adicional puedes contactar:
- Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en https://jubilacion.madrid.es o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo y jubilado del Ayuntamiento de Madrid o personal pensionista).
- En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo o jubilado de dichos Organismos).
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