Abierto plazo de solicitud para las ayudas de educación infantil. Curso 2024/2025

Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2025

  • Durante el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para educación infantil curso 2024/2025.
  • Dado que la ayuda para educación infantil, hasta el total del importe del gasto efectivamente abonado por este concepto, es compatible con la percepción de otras ayudas que otorguen la Comunidad de Madrid, la Comunidad Autónoma del domicilio del trabajador/a, otras Administraciones Públicas o entidades privadas, si se perciben otras ayudas por este concepto es imprescindible declararlo en la correspondiente solicitud.
  • Sólo se admitirá una solicitud de ayuda por persona beneficiaria (el menor o la menor), a la que se debe acompañar toda la documentación necesaria (consultar bases).

Durante el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para educación infantil curso 2024/2025.

Dado que la ayuda para educación infantil, hasta el total del importe del gasto efectivamente abonado por este concepto, es compatible con la percepción de otras ayudas que otorguen la Comunidad de Madrid, la Comunidad Autónoma del domicilio del trabajador/a, otras Administraciones Públicas o entidades privadas, si se perciben otras ayudas por este concepto es imprescindible declararlo en la correspondiente solicitud.

Sólo se admitirá una solicitud de ayuda por persona beneficiaria (el menor o la menor), a la que se debe acompañar toda la documentación necesaria (consultar bases).

El personal activo presentará su solicitud de ayuda por vía telemática a través de ayre /Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda; pudiendo obtener, también en  ayre (Mi área personal/Acción Social/Modelos de documentos), un modelo orientativo de certificación, autorrellenable, para poder acreditar los gastos abonados al centro escolar, que se puede utilizar opcionalmente. En caso de que se presente otro distinto, y para evitar incidencias en la tramitación, deberá contener al menos los datos que se recogen en aquél.

Si una vez revisadas las bases reguladoras de la ayuda necesitas información adicional puedes contactar:

-          Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo del Ayuntamiento de Madrid).

-          En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo de dichos Organismos).


Las unidades que gestionan las ayudas de Acción Social son las siguientes:

AYUNTAMIENTO Subdirección General de Acción Social
C/Bustamante, 16. 2ª planta - 28045 Madrid
Tel. 915882375  formulario de consultas de acción social.
AGENCIA TRIBUTARIA MADRID
Unidad de Recursos Humanos
C/Sacramento, 5.  28005 Madrid
accionsocialatm@madrid.es
AGENCIA PARA EL EMPLEO DE  MADRID
Unidad de Recursos Humanos
Paseo Pontones, 10 - 28005 Madrid
aeaccionsocial@madrid.es
AGENCIA DE ACTIVIDADES Unidad de Recursos Humanos
C/Bustamante, 16 - 28045 Madrid
rrhhyatencion@madrid.es
INFORMÁTICA AYUNTAMIENTO DE MADRID (IAM) Unidad de Recursos Humanos
C/Albarracín, 33 - 28037 Madrid
iamsgrrhh@madrid.es
MADRID SALUD Unidad de Recursos Humanos
Avda. del Mediterráneo, 62 - 28007 Madrid
msrecursoshumanos@madrid.es
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