XXIII Curso Selectivo de Ascenso a la Categoría de Subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid

Fecha de publicación BOCM: 26 de octubre de 2021

  • Se convoca el XXIII Curso Selectivo de Ascenso a la Categoría de Subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
  • Este curso será impartido por el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, ubicado en el kilómetro 13,600 de la M-607 (carretera de Madrid a Colmenar Viejo), con fecha de comienzo a partir del 1 de diciembre de 2021.

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convoca el XXIII Curso Selectivo de Ascenso a la Categoría de Subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

La presente Resolución tiene por objeto convocar el XXIII Curso Selectivo de Formación para el ascenso a la categoría de Subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales y los artículos 61 y 66 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

Este curso será impartido por el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, ubicado en el kilómetro 13,600 de la M-607 (carretera de Madrid a Colmenar Viejo), con fecha de comienzo a partir del 1 de diciembre de 2021.

Sobre las condiciones de los aspirantes en el curso
a) Durante el tiempo que permanezcan realizando el curso de formación convocado, los alumnos de los Cuerpos de Policía Local tendrán la condición de funcionarios en prácticas de su Ayuntamiento, por lo que percibirán las retribuciones establecidas por la corporación local de procedencia.
b) La formación impartida en el curso indicado no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los alumnos de los Cuerpos de Policía Local, sin perjuicio del abono de los gastos de transporte, manutención o cualquier indemnización a la que el correspondiente Ayuntamiento estuviera obligado.
c) Los alumnos de los Cuerpos de Policía Local deberán asistir al curso vistiendo su uniforme reglamentario, y deberán estar provistos de las prendas deportivas y de los medios de dotación necesarios para las actividades y prácticas lectivas programadas, según la información que se les facilite con anterioridad a su inicio.

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