Fecha de publicación BOAM: 29 de noviembre de 2016
Fecha de entrada en vigor: El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su adopción (7 octubre 2016), sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
Acuerdo de 13 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el
Acuerdo de 28 de septiembre de 2016 de la Mesa Sectorial de Policía Municipal sobre aplicación de medidas
de conciliación en el Cuerpo de Policía Municipal.
El artículo 48 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en sus letras f), g), h), i) y j) establece los permisos para los funcionarios públicos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y en especial el artículo 49 establece los permisos por razón de violencia de género y para las víctimas del terrorismo y sus familiares directos.
El Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, enumera en sus artículos 14, 15, 16 y 17 otra serie de permisos que amplían en determinadas circunstancias los establecidos en la legislación nacional, aplicables a
los funcionarios del Ayuntamiento de Madrid y por ende de aplicación en el Cuerpo de Policía Municipal, una organización donde la conciliación de la vida personal, familiar y laboral es un reto pendiente por la especificidad de las jornadas y turnos de trabajo de dicho colectivo.
A tal fin, la Mesa Sectorial del colectivo de Policía Municipal ha celebrado sesiones los días 20 y 24 de mayo, 2, 10 y 16 de junio y 28 de septiembre de 2016. Las negociaciones realizadas han culminado en el Acuerdo de 28 de septiembre de la Mesa Sectorial, que ha sido ratificado por todas las organizaciones sindicales con representación,
sobre aplicación de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el Cuerpo de Policía Municipal.
El Acuerdo contempla la concesión de cuatro medidas para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (flexibilidad en el horario de entrada/salida con un mínimo de una hora y un máximo de dos; reducción de la jornada de trabajo a cambio del disfrute, de forma fraccionada en horas, de días libres del Acuerdo de condiciones de trabajo del Cuerpo de Policía Municipal; cambios de turno en el seno de la misma Unidad; y cambios de Unidad que podrán o no conllevar cambios de turno), así como la constitución de una Comisión de
Conciliación integrada por cinco miembros, de los que tres de ellos representarán a la Corporación y los dos restantes a las Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Policía Municipal, que tendrá como finalidad valorar las medidas concretas de conciliación a adoptar y una vez aceptadas, emitir un informe propuesta al órgano competente quien emitirá la correspondiente resolución.
El artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de las Mesas de Negociación correspondientes será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 13 de octubre de 2016,
ACUERDA
PRIMERO: Aprobar expresamente el Acuerdo de 28 de septiembre de 2016 de la Mesa Sectorial del colectivo de Policía Municipal sobre aplicación de medidas de conciliación en el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, según el protocolo que figura como Anexo al presente Acuerdo.
SEGUNDO: Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 13 de octubre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Pilar Aguilar Almansa.