Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid

Marginal: ANM 2005\48
Tipo de Disposición: Ordenanzas Municipales
Fecha de Disposición: 26/09/2005
Publicaciones:
- BO. Ayuntamiento de Madrid 01/12/2005 num. 5680 pag. pág. 4504-4521
Afectada por:
- Anula la mención “y figurar al corriente de pago” del apartado 1 del artículo 64 por la Sentencia 113/2017, de 15 de febrero de 2017, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
- Modificado artículos 61, 63, 64, 65, 67, 68 y 88 y añadido artículo 88 bis, Capítulo IV al Título V y una
Disposición adicional Tercera por Acuerdo de Pleno de 25 de mayo de 2016. BOAM núm.: 7678 de 10 de junio
de 2016. BOCM núm. 137 de 10 de junio de 2016. Págs. 52 - 62
- Anula Inciso final del apartado 1 del artículo 64 “o, en su caso, sucursales, agencias, delegaciones, oficinas
o cualquier otro establecimiento que sea admitido por Tráfico como domicilio del vehículo” por las Sentencias
331/2016 y 334/2016, de 27 de abril de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
- Modificado artículo 64, apartados 1 y 3 por Acuerdo Plenario de 19 de diciembre de 2014 BAM 7323 de 30 de diciembre de 2014, pág. 5-35
- Modificado artículos 63 a 70 ter. Nueva redacción dada por Acuerdo Pleno de 28 de mayo de 2014. BOAM Núm. 7190 de 18 de junio de 2014. BOAM Núm. 144 de 19 de junio de 2014
- Modificado artículos 60, 63, 66, añadidos una Disposición Adicional 2ª y un Anexo II, por Acuerdo Pleno de 27 de junio de 2012. BOAM núm. 6706, de 29 de junio 2012. págs. 41 a 49. BOCM 154 de 29 de junio, pág.127 y ss
- Modificado por Acuerdo del Pleno de 30 de noviembre de 2010. BOCM Núm. 300, págs. 201-217
- Modificado Artículo 88 por Acuerdo Pleno de 20 diciembre 2007, BOCM núm. 8 de 10 enero 2008, pág. 64.
- Desarrollado por Decreto del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad de 26 de septiembre de 2005, BAM núm. 5679, págs. 4399-4410 ANM 2005\67
Afecta a:
- Deroga a Ordenanza de circulación para la Villa de Madrid, de 30 julio 1998, BOCM núm. 201, págs. 67-79. ANM1998\9

Entrada en vigor: La Ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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