MiDNI. Tu DNI en el móvil, con la garantía de Policía Nacional

Fecha de publicación: 2 de abril de 2026

  • Desde hoy cualquier ciudadano podrá utilizar el DNI digital en el teléfono móvil, mediante la aplicación MiDNI, como medio válido de identificación legal. Las entidades públicas y privadas estarán obligadas a aceptar MiDNI, tras el periodo de doce meses marcado en la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 255/2025, de 1 de abril,  para adoptar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de la versión digital del DNI.
  • El formato digital, mediante la aplicación MiDNI, permite la acreditación presencial de ciudadanos españoles, con las máximas garantías de seguridad, así como verificar la autenticidad de las credenciales de otros ciudadanos.
  • Con el DNI en el móvil se podrá, entre otras cosas, acreditar presencialmente la identidad (siempre y cuando haya una conexión de datos), establecer cualquier tipo de relación jurídica, acreditar la identidad en trámites presenciales ante notarios, ante la administración o llevar a cabo trámites administrativos en Universidades y Centros Docentes (tanto públicos como privados), acreditar la mayoría de edad, formalizar seguros de cualquier tipo, registrarse en un hotel, alquilar un vehículo, comprar entradas o billetes nominativos que requieran identificar al titular interesado, realizar transacciones comerciales presenciales en las que se requiera un DNI en vigor o acreditar la identidad del interesado, realizar un control de acceso a edificios, acceder a diferentes locales de espectáculo (cines, teatros, conciertos, etc.), recogida de paquetería (Correos, mensajerías, …) o retirar medicamentos en farmacias.
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