Marco económico de negociación del Acuerdo condiciones trabajo Ayto Madrid

Fecha de publicación BOAM: 18 de septiembre de 2017

Fecha de entrada en vigor: Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Acuerdo de 14 de septiembre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 28 de junio de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre el marco económico de negociación del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos en vías de negociación.

El Acuerdo de 23 de diciembre de 2015 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre actuaciones en materia de recursos humanos e impulso de la negociación colectiva vino a abordar una serie de cuestiones consideradas por las partes negociadoras como prioritarias y detectadas como sensibles para la plantilla municipal que vinieran a traducir en medidas concretas los compromisos contenidos en el Acuerdo de 1 de julio de 2015 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

Así, y entre otras disposiciones, el citado Acuerdo de 23 de diciembre de 2015 establece en su apartado 2.8, bajo la rúbrica "Inicio de la Negociación del Nuevo Acuerdo Convenio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos" que "las partes se comprometen, desde la lealtad negocial, a iniciar la negociación del articulado del nuevo texto convencional a partir del 1 de junio de 2016 e incorporar los acuerdos a que se llegue durante este semestre al nuevo acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos".

En este sentido cabe recordar lo establecido en la Disposición Adicional Séptima del Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos, para el periodo 2012-2015, donde expresamente se prevé que si durante la vigencia del ese texto convencional las circunstancias económicopresupuestarias hicieran posible reconsiderar la aportación de nuevos créditos, dichos créditos se destinarán a la financiación de las políticas o actuaciones que se acuerden por los órganos de negociación, y añade que entre dichas políticas o actuaciones, se priorizarán las adecuaciones retributivas que resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo en el marco de un nuevo catálogo de puestos de personal funcionario y de un nuevo sistema de clasificación profesional y de puestos para el personal laboral adscrito a los ámbitos definidos como laborales.

Así las cosas, iniciada la negociación del nuevo Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, se hace preciso contar con la dotación financiera adecuada que permita afrontar las actuaciones que se pacten en el marco del nuevo Acuerdo. En este sentido, el presupuesto municipal para 2017 ya consigna para este ejercicio la cantidad de 12.164.334 € para la constitución de un fondo de negociación para la financiación de las actuaciones que, acordadas en el seno de los correspondientes órganos de negociación, se dirijan a las consecución de aquellas finalidades. No obstante lo anterior se hace preciso que el nuevo Acuerdo Convenio que pueda suscribirse cuente con un marco de financiación estable a lo largo de su periodo de vigencia que permita el diseño de las actuaciones que las partes pacten afrontar durante ese periodo. Es por ello por lo que Administración y sindicatos han concluido con fecha 28 de junio de 2017 en el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos un Acuerdo sobre el marco económico de negociación del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos que permite asegurar la estabilidad financiera imprescindible para el desarrollo de las actuaciones vinculadas a la aprobación del nuevo Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos.

En virtud del citado Acuerdo de 28 de junio de 2017 se asume el compromiso de constituir un fondo de negociación en cada uno de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 por importe de 12.164.334 € (que en los años 2017 y 2018 se incrementará en 148.500 euros cada año, hasta un total de 12.312.834 euros) para la financiación de las adecuaciones retributivas que resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo, destinándose a las políticas y actuaciones que se acuerden en los diferentes niveles de la negociación colectiva relativos a la clasificación profesional y sistema retributivo del personal laboral, la elaboración de un catálogo de puestos de trabajo de personal funcionario, a la revisión de pluses, niveles de complemento de destino y complementos específicos de puesto, entre otras.

El Acuerdo asimismo prevé que, una vez firmados dos preacuerdos  con fecha 7 de abril y 1 de junio de 2017 en la Mesa General de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, en los que se han establecido las tablas de clasificación y el coste de las mismas que asciende a 9.500.000 euros y que durante los años 2017 y 2018 se destinarán 4.750.000 euros cada año para esta finalidad, y añade que la aplicación de  esta parte de los fondos se hará efectiva a partir del momento en que se cierre el Acuerdo de Clasificación Profesional de Personal Laboral y sea aprobado por la Junta de Gobierno.

El Acuerdo de 28 de junio de 2017 en el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos establece asimismo en su apartado 2.3 la distribución del fondo de negociación entre las distintos niveles que conforman la estructura de la negociación colectiva en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, de modo que la cuantía que se asigne a cada uno de los ámbitos de negociación configurará el límite económico máximo de costes de los Pactos o Acuerdos que cada Mesa pueda alcanzar.

Asimismo se prevé que en cada uno de los ejercicios de 2018 y 2019 el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid consignará una partida de 5.000.000 de euros destinada a programas de productividad por objetivos, por proyectos, por programas o por evaluación para aquellos colectivos que se determinen y que no cuentan en la actualidad con programas específicos de este tipo.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid acordó con fecha 30 de junio de 2017 tomar razón y conocimiento de la conclusión del Acuerdo de 28 de junio de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre el marco económico de negociación del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos así como del contenido del mismo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1. m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, vista la propuesta de la Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 14 de septiembre de 2017,

ACUERDA

PRIMERO. Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 28 de junio de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre el marco económico de negociación del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en vías de negociación, que se adjunta como Anexo al presente Acuerdo.

SEGUNDO. Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Madrid, a 14 de septiembre de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

TOP