Fecha de publicación: 4 de abril de 2024
El Director de la Función Pública y los sindicatos de clase presentes en la Comise del Acuerdo General, no han dado respuesta al problema que ellos mismos nos han creado a todos sobre la "reinterpretacion" de este apartado del convenio.
Ahora con diferentes notas dan vueltas a algo que ya estaba reglado creando confusión a todos los compañer@s.
La Nota interna de hoy de la Subdirección establece unos criterios para los nuevos justificantes emitidos a partir de hoy, asimismo establece que hay que cambiar el concepto únicamente a los que figuran como cursos "on line" o "presenciales tutorizados" que no estaban autorizados como cursos presenciales en la propia mesa del convenio (algo que todos sabíamos pero que la Administración ha permitido realizar hasta ahora a sus sindicatos amigos).
En ningún momento dice que hay que cambiar el concepto a los justificantes emitidos antes de la fecha de esta nota., que son absolutamente validos.
El horario de la realización de las jornadas formativas de CPPM y los justificantes de asistencia a las mismas a partir de abril están adecuados a la nota emitida hoy por la Subdirección de Policía, realizándose la jornada de formación en un horario continuado de 7 a 16 horas que tal como recoge dicha nota coincide con el horario laboral del trabajador en todos los turnos.
Los mandos que pese a esta aclaración tengan cualquier tipo de duda, deben conceder el permiso siempre que las necesidades del servicio lo permitan, aceptar el justificante y posteriormente realizar consulta a la Subdirección de Personal para que les verifiquen que el formato de la acreditación del mismo es acorde a la nota de hoy.
A estos cursos presenciales pueden asistir todos los afiliados/as que previamente se inscriban en https://cppm.es/formacion/
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