Cambio de servicio entre componentes (art. 10.2 Acuerdo Policía)

Fecha de publicación: 17 de junio de 2022

  • En la mañana de hoy, liemos trasladado al Comisario General la situación que se está dando en la UID de Carabanchel, donde se están denegando los cambios de servicio entre funcionarios de igual categoría turno y condición, que vienen recogidos en el art 10.2 del actual acuerdo de Policía. Además, sobre este supuesto, se establece de forma clara que la autorización a esta petición por parte de los interesados se entenderá concedida de forma automática a todos los efectos.

CAMBIO DE SERVICIO ENTRE COMPONENTES (ARTÍCULO 10.2 DEL ACUERDO DE POLICÍA)

En la mañana de hoy, hemos trasladado al Comisario General la situación que se está dando en la UID de Carabanchel, donde se están denegando los cambios de servicio entre funcionarios de igual categoría turno y condición, que vienen recogidos en el art 10.2 del actual acuerdo de Policía. Además, sobre este supuesto, se establece de forma clara que la autorización a esta petición por parte de los interesados se entenderá concedida de forma automática a todos los efectos.

Esta redacción no deja lugar a dudas y en cambio, el Jefe de la Unidad cree que puede realizar interpretaciones por su cuenta y riesgo, perjudicando a los Policías y limitando sus derechos reconocidos en el Acuerdo.

Por lo expuesto, le hemos instado a que, a la mayor brevedad, de las órdenes oportunas para resolver esta situación y así evitar también otras que pudiesen darse en el futuro en esta Unidad y en el resto.

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