Calendario ayudas acción social 2023 Ayto Madrid

Bases generales de las Ayudas de Acción Social 2023 y Bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social (BOAM 21 noviembre 2022)

En la Junta de Gobierno celebrada el 17 de noviembre se han aprobado las bases generales y específicas de las ayudas de acción social 2023, una vez negociadas con los sindicatos en la Comisión Técnica de Acción Social, celebrada el pasado 21 de octubre.

Entre las novedades más destacables de las bases generales, figuran las siguientes:

  • Se suprime la obligación de aportar el consentimiento expreso de las personas beneficiarias mayores de 18 años para las que se solicite el alta o renovación en la unidad familiar de acción social.
  • Se aclara que en el caso del personal pensionista, todas aquellas personas cuya pensión deriva de una misma persona causante forman parte de la misma unidad familiar a efectos de acción social.
  • Se recomienda que el personal compruebe antes de que se inicie el plazo de presentación de la solicitud, que la persona beneficiaria figura dada de alta en la unidad familiar.

En las bases específicas, en relación con cada línea de ayuda:

  • En la ayuda de transporte se reitera para todas las modalidades (abono de transporte, en metálico y para personas con discapacidad) que los volantes de empadronamiento se admitirán, únicamente, si han sido emitidos como máximo 3 meses antes de la solicitud.
  • En la ayuda de transporte, modalidad de pago en metálico y para personas con discapacidad, se adaptan las correspondientes cuantías a los importes establecidos en cada momento para los títulos de transporte a que viene referenciada esta ayuda, de acuerdo con lo establecido en el vigente Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
  • La ayuda de transporte en metálico y de transporte para personas con discapacidad se renovará de oficio siempre que sigan cumpliéndose los requisitos que dieron lugar a su concesión.
  • En la ayuda de educación infantil se deberá presentar una única solicitud por cada beneficiario/a a la que se deberá acompañar la documentación necesaria.
  • En la ayuda por gastos de adopción o acogimiento se retrasa al mes de mayo el inicio del plazo de presentación de solicitudes.
  • En la ayuda a la promoción interna del personal, se suprime el requisito de que para tener derecho a la ayuda correspondiente a la convocatoria de 2023, la solicitud de admisión al proceso selectivo deba haberse presentado dentro del mismo período en que se haya asistido a un centro de preparación de la correspondiente prueba.
  • En la ayuda para tratamiento psicológico o psiquiátrico no farmacológico, se deberá presentar una única solicitud por cada persona beneficiaria a la que se adjuntarán todas las facturas, en las que deberá constar expresamente la fecha o fechas en que se haya realizado el tratamiento y el importe mensual abonado.

Para agilizar la tramitación y evitar demoras en el abono de las ayudas, se recomienda:

  • Acudir a las bases generales y específicas y a las guías de ayuda a disposición del personal antes de presentar la solicitud.
  • Revisar que los datos que se han hecho constar en las solicitudes son correctos y que la documentación aportada es la que requiere cada ayuda y resulta legible.
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