Fecha de publicación BOCM: 24 de octubre de 2024
1. La presente resolución tiene por objeto convocar el “Curso selectivo de formación para los aspirantes que hayan superado la fase del concurso-oposición de las pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Policía de los Cuerpos de Policía Local mediante promoción interna”, conforme a lo previsto en el artículo 41.5 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid y en el artículo 61 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
2. Este curso será impartido por el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, ubicado en el Km.13.600 de la M-607 (Carretera de Madrid a Colmenar Viejo), con fecha de comienzo a partir del 18 de noviembre de 2024, si bien el día de inicio del mismo se comunicará a los ayuntamientos solicitantes, que habrán presentado la solicitud y cumplir con los requisitos requeridos, mediante resolución de la Dirección General de Seguridad.
— Relación de aspirantes del proceso selectivo sobre los que se solicita inscripción en el curso, en archivo excel usando la plantilla proporcionada en la página del trámite.
— Certificación expedida por la secretaría del ayuntamiento, u órgano competente del mismo, en la que se relacionen los aspirantes que han sido nombrados como funcionarios en prácticas y que deban realizar el correspondiente curso selectivo.
1. La solicitud se presentará por los ayuntamientos, que cuenta con aspirantes que hayan superado la correspondiente fase previa de concurso oposición, y que deberán, por consiguiente, incorporarse como alumnos al curso convocado. Los ayuntamientos solicitantes realizarán la solicitud de inscripción de los aspirantes, y aportarán la documentación relacionada en el apartado segundo de esta convocatoria, cumplimentando los modelos disponibles en la ficha de este procedimiento en el registro electrónico.
2. Al ser los ayuntamientos solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, está obligado a relacionarse electrónicamente con la administración, las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace:
https://sede.comunidad.madrid/guia-administracion-electronica#notificaciones
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