II Plan de igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos

Fecha de publicación BOAM: 8 de noviembre de 2021

  • II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayto. de Madrid
  • Ámbito personal, territorial y temporal.
    • Su ámbito de actuación se extiende a la totalidad del personal que tenga una relación
      contractual laboral y/o estatutaria con el Ayuntamiento de Madrid y sus OO.AA.
    • Su ámbito territorial se extiende a todos los centros de trabajo del Ayuntamiento de
      Madrid y sus OO.AA.
    • El periodo de vigencia del presente Plan será de tres años, sin perjuicio de los plazos que
      se establezcan para su seguimiento y revisión.
  • Partes que conciertan el II Plan de Igualdad:
    • El II Plan de Igualdad Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de
      Madrid y sus OO. AA, se ha elaborado y negociado en el seno de la Comisión de Igualdad del
      Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
    • La Comisión de Igualdad, presidida por la persona titular de la Dirección General de Función Pública, tiene carácter paritario y está compuesta por:
      a) Representantes de la Administración Municipal, estando representadas todas las Áreas
      de Gobierno y Organismos Autónomos.
      b) Representantes de cada una de las Organizaciones Sindicales legitimadas para la
      negociación colectiva del conjunto del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid
      y sus Organismos Autónomos. Las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión de Igualdad son: UGT, CCOO, CSIF, CITAM, CSIT, CPPM y UPM.

Acuerdo de 4 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

El I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, fue aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. La vigencia de este Plan de Igualdad era de 3 años (enero 2017 - diciembre 2019), sin embargo, la situación generada por la pandemia causada por el virus Covid-19, motivó su aplicación también durante el año 2020, elaborándose informes anuales de seguimiento durante cada uno de estos años y un informe de seguimiento y evaluación final del Plan correspondiente al periodo 2017-2020.

La elaboración de este II Plan de Igualdad responde, no sólo al mandato normativo establecido, sino también al compromiso adquirido por la actual Corporación en el marco de la Estrategia de Transformación de la Gestión de Recursos Humanos, 2020-2023, considerando a la plantilla municipal como la piedra angular de la acción de gobierno y manteniendo un compromiso firme con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Durante el año 2021, en el marco de la Comisión de Igualdad del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se ha elaborado el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, y ha sido aprobado en su reunión de 7 de octubre de 2021.

ACUERDA

PRIMERO.- Aprobar el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que figura como anexo.

SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y su incorporación como anexo III al Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022, en sustitución del I Plan de Igualdad.

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