Última actualización BOAM: 8 de noviembre de 2023
Convocar concurso para ocupar destinos con funciones no operativas por motivos de edad o destinos acordes al estado de salud del personal del Cuerpo de Policía Municipal que se relacionan y describen en Anexo I. Con carácter general, las funciones en todos los destinos se prestarán con arma y uniforme reglamentario, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de marzo de 2014. Se excluyen de la obligación del arma reglamentaria los destinos correspondientes a la Comisaría Principal de Formación y Desarrollo, la Comisaría de Apoyo Institucional, el Departamento de Video y Comunicaciones, el Departamento de Salud Laboral, la Sección Organización de los Servicios y la Comisaría de Emisora Central y Videoanálisis.
2.1. Podrán obtener destino en este concurso los funcionarios de carrera del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, en las categorías convocadas y en la situación administrativa de servicio activo, siempre que reúnan los requisitos y las condiciones de participación establecidas en la presente convocatoria y en la Instrucción del Director General de Seguridad de 12 de junio de 2014.
2.2. Los requisitos de participación exigidos en el apartado siguiente (edad o informe médico declarando al funcionario no operativo por motivos de salud), deberán poseerse a 31 de julio de 2023 y mantenerse a la fecha de adjudicación de destinos.
2.3. Los funcionarios de carrera del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid en las categorías señaladas que participen y opten por primera vez por alguno de los destinos convocados, se deberán encontrar en alguna de estas situaciones:
a) Personal con 58 años o edad superior.
Todo el personal de la Escala Básica y Ejecutiva del Cuerpo de Policía Municipal, en sus diferentes categorías que, durante el período comprendido entre el 1 de febrero de 2023 y el 31 de julio de 2023, haya cumplido 58 años o tenga una edad superior, obtendrá destino no operativo de entre los que se oferten en la presente convocatoria salvo que haya manifestado su intención de continuar realizando funciones operativas y haya superado el correspondiente reconocimiento médico y una prueba de aptitud física consistente en una prueba de esfuerzo, o esté pendiente de realizarla.
b) Personal declarado no operativo por motivos de salud.
Todo el personal de la Escala Básica y Ejecutiva del Cuerpo de Policía que, independientemente de su edad, durante el período comprendido entre el 1 de febrero de 2023 y el 31 de julio de 2023, haya obtenido un informe del Departamento de Salud Laboral declarándolo no operativo definitivo por motivos de salud para la realización con carácter general de funciones operativas, obtendrá destino no operativo de entre los que se oferten en la convocatoria y sea acorde a sus condiciones psicofísicas.
a) Personal comprendido entre los 55 y 57 años.
Todo el personal de la Escala Básica y Ejecutiva del Cuerpo de Policía Municipal, en sus diferentes categorías, que, durante el período comprendido entre el 1 de febrero de 2023 y el 31 de julio de 2023, haya cumplido 55 años o se encuentre en el tramo de edad comprendido entre 55 y 57 años y no haya sido declarado no operativo definitivo por motivos de salud, podrá participar en la presente convocatoria si así lo manifestó previamente a través de solicitud por escrito dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos. Esta petición solo será válida para la presente convocatoria, siendo necesario, en caso de querer participar en las sucesivas convocatorias, efectuar nueva solicitud en cada una de ellas.
b) Personal que haya sido declarado como no operativo con carácter provisional siendo requisito indispensable para poder participar, el encontrarse en dicha situación durante un periodo mínimo de 6 meses, con independencia de la edad que tenga, y haber manifestado previamente querer participar en la presente convocatoria a través de la correspondiente solicitud remitida a la Subdirección General de Recursos Humanos.
2.4. Todos los funcionarios de carrera del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid en las categorías señaladas que habiendo participado en anteriores convocatorias hayan obtenido destino no operativo, podrán participar en la presente convocatoria.
2.5. El personal que encontrándose en las situaciones descritas en los apartados 1.a) y 1.b) del apartado 2.3 (forzosos), no participe voluntariamente en la presente convocatoria o lo haga en número insuficiente de destinos, le será adjudicado un destino con carácter forzoso de entre los que queden vacantes una vez efectuada la adjudicación al personal que participa voluntariamente.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo publicado como Anexo II que se adjunta a esta resolución. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Orden General del Cuerpo que además será objeto de publicación en los tablones de anuncios de las distintas Comisarías. Los/as Jefes/as de las Comisarías/Secciones darán las órdenes oportunas para su cumplimiento.
3.2. Podrán solicitarse cuantos destinos se incluyen en la presente convocatoria, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones exigidas.
3.3. Cada funcionario/a presentará una sola solicitud que contendrá, caso de ser varios los destinos solicitados, el orden de preferencia en la adjudicación.
3.4. El impreso de solicitud se rellenará con la máxima diligencia, con el fin de no incurrir en errores, y se tramitará de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Reglamento para el Cuerpo de la Policía Municipal.
3.5. Los Mandos de las Comisarías/Secciones cuidarán que las solicitudes de participación sean introducidas en la aplicación informática en los plazos que a estos efectos determine la Orden General del Cuerpo en la que se publique la presente resolución, remitiendo posteriormente las mencionadas solicitudes al Servicio de Selección y Provisión de Puestos de Trabajo de la Subdirección General de Recursos Humanos, junto con el listado de solicitud de destinos que emite la aplicación.
En las solicitudes presentadas deberá hacerse constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la fecha de entrada de éstas en las distintas oficinas de las Unidades, con su sello correspondiente.