Modificación parcial Plan Formación Ayto Madrid 2022

  • Resolución de 26 de abril de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se da publicidad a nuevas actividades formativas y otras modificaciones del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2022. (BOAM 29/4/2022
  • Nuevas actividades formativas (previstas en el anexo I).
    • RE-01-4759-S-22 Confección de estudios económico-financieros vinculados a los contratos administrativos y los de gestión patrimonial.
    • RE-03-2880-P-22 Participación ciudadana en las políticas municipales del Ayuntamiento de Madrid.
    • RE-11-4760-P-22 Engobes Coloidales (Sigillatas).
    • RE-11-4765-P-22 Cerámica 3D.
    • RE-11-4766-P-22 La atención a las personas mayores en el contexto de la emergencia social.
    • RE-11-4756-V-22 Formación para la prevención de la adicción al juego.
    • RE-11-4757-P-22 Vínculos amorosos: promoción del buen trato desde la terapia de reencuentro II.
    • RE-11-4758-P-22 Prevenir y neutralizar situaciones violentas en Bibliotecas (Protocolo de agresiones).
  • Actividades formativas modificadas (previstas en el anexo II).
    • RE-06-2337-P-22 Equipos de emergencia y evacuación de los edificios municipales.
    • RE-07-1762-P-22 Visor urbanístico del Ayuntamiento de Madrid
    • RE-11-4140-V-22 Instalaciones eléctricas provisionales para realización de actos en la vía pública.
    • RE-11-4600-P-22 Pavimentos drenantes anticontaminación.

Resolución de 26 de abril de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se da publicidad a nuevas actividades formativas y otras modificaciones del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2022.

PRIMERO.- Publicidad.

Mediante la presente resolución se da publicidad a nuevas actividades formativas y otras modificaciones del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2022, de acuerdo con lo previsto en los anexos.

Estas nuevas actividades y las modificaciones han sido aprobadas por la Comisión General de Formación, en su sesión ordinaria de fecha 31 de marzo de 2022.

SEGUNDO.- Solicitudes.

La publicación de algunas de las actividades formativas nuevas del anexo I y de algunas actividades formativas modificadas del anexo II, que se relacionan a continuación, supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación PROFE, que será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

De conformidad con lo anterior, se procede a la apertura del plazo de solicitud en las siguientes actividades formativas:

Nuevas actividades formativas (previstas en el anexo I).

· RE-01-4759-S-22 Confección de estudios económico-financieros vinculados a los contratos administrativos y los de gestión patrimonial.

· RE-03-2880-P-22 Participación ciudadana en las políticas municipales del Ayuntamiento de Madrid.

· RE-11-4760-P-22 Engobes Coloidales (Sigillatas).

· RE-11-4765-P-22 Cerámica 3D.

· RE-11-4766-P-22 La atención a las personas mayores en el contexto de la emergencia social.

· RE-11-4756-V-22 Formación para la prevención de la adicción al juego.

· RE-11-4757-P-22 Vínculos amorosos: promoción del buen trato desde la terapia de reencuentro II.

· RE-11-4758-P-22 Prevenir y neutralizar situaciones violentas en Bibliotecas (Protocolo de agresiones).

Actividades formativas modificadas (previstas en el anexo II).

· RE-06-2337-P-22 Equipos de emergencia y evacuación de los edificios municipales.

· RE-07-1762-P-22 Visor urbanístico del Ayuntamiento de Madrid

· RE-11-4140-V-22 Instalaciones eléctricas provisionales para realización de actos en la vía pública.

· RE-11-4600-P-22 Pavimentos drenantes anticontaminación.

La publicación de las actividades formativas obligatorias nuevas que figuran en el anexo I no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes dado que no aparecen entre las actividades a solicitar por el interesado/a, pues serán solicitadas por los/las responsables de formación, a través de los coordinadores/as, cuando se consideren imprescindibles para el desarrollo del puesto de trabajo o así lo determinen las necesidades de la organización.

Asimismo, tal y como se prevé en el apartado 6.3 de la Resolución de 28 de diciembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2022, las actividades formativas obligatorias (y las correspondientes al programa de prevención de riesgos laborales) quedan excluidas de los límites previstos en el punto 6.1 sobre el número máximo de actividades formativas a solicitar y realizar.

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