Última publicación BOAM: 9 de junio de 2026
Acumular los expedientes individuales de concesión de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 euros o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 17.788,89 euros, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:
17.788,89 euros a la aplicación 001/140/22101/16204.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de denegación de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Denegar su solicitud al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 por no cumplir los requisitos exigidos para su concesión.
Por el órgano competente se publicará la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de desistimiento de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial a las personas relacionadas en el presente expediente, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información, relativa a las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que se declaran desistidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial desistidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de requerimiento de subsanación de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026, para que subsanen su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de concesión de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 euros o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 35.286,37 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:
· 5.305,31 € a la aplicación 001/140/22101/16109.
· 28.856,39 € a la aplicación 001/140/22101/16204.
· 1.124,67 € a la aplicación 001140/22101/16203.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de denegación de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Denegar su solicitud al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 por no cumplir los requisitos exigidos para su concesión.
Por el órgano competente se publicará la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de desistimiento de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial a las personas relacionadas en el presente expediente, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información, relativa a las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que se declaran desistidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial desistidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de requerimiento de subsanación de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026, para que subsanen su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de concesión de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 euros o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 214.252,89 euros, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:
90.499,35 euros a la aplicación 001/140/22101/16109.
120.598,54 euros a la aplicación 001/140/22101/16204.
3.155,00 euros a la aplicación 001140/22101/16203.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de denegación de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Denegar su solicitud al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 por no cumplir los requisitos exigidos para su concesión.
Por el órgano competente se publicará la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de desistimiento de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial a las personas relacionadas en el presente expediente, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información, relativa a las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que se declaran desistidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial desistidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de requerimiento de subsanación de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026, para que subsanen su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de denegación de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Denegar su solicitud al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 por no cumplir los requisitos exigidos para su concesión.
Por el órgano competente se publicará la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de concesión de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 euros o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 803.928,66 euros, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual, a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:
· 256.376.12 euros a la aplicación 001/140/22101/16109.
· 545.872,54 euros a la aplicación 001/140/22101/16204.
· 1.680,00 euros a la aplicación 001140/22101/16203.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Acumular los expedientes individuales de requerimiento de subsanación de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal relacionado en el presente expediente de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2026, para que subsanen su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
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