Última actualización BOAM: 6 de septiembre de 2023
Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 20.009,15 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 882,00 € a la aplicación 001/140/22101/16109.
• 19.127,15 € a la aplicación 001/140/22101/16204.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2023 dada su identidad sustancial.
Denegar las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2023 al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial dada su identidad sustancial.
Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial del personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que se declaran desistidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial desistidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente, para que subsane su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 22.587,13 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 4.408,65 € a la aplicación 001/170/22101/16109.
• 18.178,48 € a la aplicación 001/170/22101/16204.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 37.659,70 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 4.486,17 € a la aplicación 001/170/22101/16109.
• 33.173,53 € a la aplicación 001/170/22101/16204.
CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet / extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 27.270,93 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 6.720,00 € a la aplicación 001/170/22101/16109.
• 20.550,93 € a la aplicación 001/170/22101/16204.
CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 322.478,33 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 118.020,48 € a la aplicación 001/170/22101/16109.
• 204.457,85 € a la aplicación 001/170/22101/16204.
CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2023 dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Denegar las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2023 al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente.
TERCERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
CUARTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
QUINTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial del personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.
TERCERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
CUARTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial que se declaran desistidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
QUINTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial desistidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
SEGUNDO.- Requerir al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente, para que subsane su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
TERCERO.- Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.
CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
QUINTO.- Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 dada su identidad sustancial.
Conceder la ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 al personal relacionado en el expediente, por el importe mensual de 140,00 € o el importe proporcional en su caso, y con los efectos que para cada caso se establecen.
Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 719.259,43 €, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid vigente:
• 278.145,29 € a la aplicación 001/170/22101/16109.
• 441.114,14 € a la aplicación 001/170/22101/16204.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet/extranet municipal ayre (https://ayre.madrid.es) y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial concedidas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitud de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial para el año 2023 dada su identidad sustancial.
Denegar las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2023, al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal Ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial denegadas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.
Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2023 que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente, para que subsane su solicitud o aporte la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal ayre y en la web https://jubilacion.madrid.es.
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEXTO.- Notificar la información individual, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial requeridas, al personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica.