Fecha publicación: 8 de febrero de 2024
La COMISE encomienda ante la evolución de la interpretación jurisprudencial en los supuestos de permisos por nacimiento, adopción, y guarda con fines de adopción y acogimiento, tanto para la madre biológica como para el otro progenitor, regulados en el artículo 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se garantice el abono al personal municipal de la cuantía correspondiente a los complementos de productividad que vinieran percibiendo mensualmente en el momento del inicio del disfrute de los citados permisos.
La percepción de la cuantía correspondiente se aplicará a partir de la adopción de este acuerdo el día de hoy.
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