Acuerdo COMISE de 21 de mayo de 2021

Fecha de publicación: 25 de mayo de 2021

  • Mejoras de los permisos por nacimiento, adopción y acogimiento. Disfrute del permiso de lactancia acumulado en jornadas completas.

Acuerdo adoptado por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022, en su sesión de fecha 21 de mayo de 2021.

Mejoras de los permisos por nacimiento, adopción y acogimiento. Disfre del permiso de lactancia acumulado en jornadas completas.

  • Las ocho semanas adicionales de la mejora del permiso legal de la madre biológica por nacimiento de un/a hijo/a, por adopción y por acogimiento previstas en el Acuerdo Convenio 2019-2022, se disfrutarán ininterrumpidamente a continuación del permiso legal o unidas a cualquiera de los tramos en los que se hubiera fraccionado este permiso en caso de que ambos progenitores trabajen.
  • Cuando la madre cediera al otro progenitor, también empleado municipal, parte de las ocho semanas adicionales de la mejora de su permiso legal, estas se disfrutarán por este progenitor ininterrumpidamente y por semanas completas a continuación del permiso legal que le corresponda como progenitor diferente de la madre biológica por el nacimiento de un/a hijo/a, por adopción o por acogimiento; o, en caso de fraccionamiento de este permiso, unidas a cualquiera de los tramos.
  • La semana adicional de mejora del permiso legal del progenitor diferente de la madre biológica  prevista en el Acuerdo Convenio 2019-2022, se disfrutará unida a este permiso legal, o a cualquiera de los tramos en los que se hubiera fraccionado el permiso, en caso de que ambos progenitores trabajen, y después de que, además y en su caso, este progenitor hubiera disfrutado por cesión de la madre de alguna semana adicional de mejora del permiso para la madre biológica por nacimiento de un hijo/a, por adopción o por acogimiento.
  • Sin perjuicio de la posibilidad de adelantarse su disfrute a la efectiva  prestación de servicios en las condiciones previstas en el apartado 2, letra g) del artículo 17 del Acuerdo convenio 2019-2022, la acumulación en jornadas completas del permiso por lactancia no podrá disfrutarse por cada progenitor hasta haber finalizado el respectivo permiso por nacimiento de la madre biológica, o del otro progenitor diferente a la madre  biológica, por nacimiento de un/a hijo/a, por adopción o por acogimiento y de las mejoras convencionales previstas en el Acuerdo Convenio 2019-2022 para ambos permisos. Los días de vacaciones y por asuntos particulares podrán disfrutarse a elección del empleado/a, antes o después de la lactancia acumulada que, en todo caso, no podrá extenderse más allá de la fecha del cumplimiento de los doce meses del hijo/a.
  • Cuando la lactancia se disfrute en la modalidad de ausencia por horas o de reducción de jornada, este permiso podrá disfrutarse en todos los periodos en los que el personal municipal preste servicio desde el nacimiento del hijo/a y hasta el cumplimiento de los doce meses de edad.
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