Ayudas a la promoción interna del personal del Ayuntamiento de Madrid. Convocatoria 2018.SUBSANAR O APORTAR DOCUMENTACIÓN

Fecha de publicación BOAM: 16 de octubre de 2018

Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid

Resolución de 8 de octubre de 2018 de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por la que se hace pública la relación del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid que ha solicitado la ayuda a la promoción interna del personal, convocatoria 2018 y deben subsanar o aportar documentación.

La modificación del capítulo VIII, Acción Social, del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015, se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 22 de enero de 2018.

En el artículo 33 se regula la ayuda a la promoción interna del personal en los siguientes términos:
“Consistirá en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los gastos derivados de
la preparación de procesos de promoción interna del personal.

Podrán solicitar esta ayuda los empleados o las empleadas municipales que se refiere el artículo 22.1 de este Acuerdo-Convenio. Para generar el derecho a esta ayuda se estará a los términos exigidos en las Bases de Convocatoria, si bien, en cualquier caso, será requisito indispensable haber presentado la solicitud de admisión a las pruebas selectivas y el abono, en su caso, de las tasas, así como la factura emitida por un centro de preparación de la prueba selectiva correspondiente.

El personal con nombramiento o contrato temporales no podrá beneficiarse de esta ayuda.” Por su parte, las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social para 2018 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, fueron aprobadas por Acuerdo de 23 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 26 de marzo de 2018.

Las bases específicas que regulan la ayuda a la promoción interna del personal establecen el objeto de la
ayuda, requisitos y la documentación que debe acompañarse.

Examinadas las ayudas solicitadas por el personal municipal, se comprueba la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de ayuda a la promoción interna del personal, así como que las personas solicitantes que figuran relacionadas en el expediente deben subsanar o aportar documentación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 4.2 de las bases generales de las ayudas, los listados se publicarán en la intranet municipal Ayre y en el tablón de anuncios ubicado en la oficina de registro municipal de la calle Bustamante 16, planta baja. Asimismo se publicará la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

El personal municipal deberá aportar la documentación complementaria a través exclusivamente de la
intranet o extranet municipal, en el canal A mi Ayre / Mis ayudas/ Ayudas tramitadas.

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las competencias establecidas en los apartados 9.1.1.g) y h) del
Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM nº 79, de 3 de abril de 2018), por el que se modifica, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM nº 267 de 10 de noviembre de 2015),

RESUELVO
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de ayudas a la promoción interna del personal relacionados se procede a su acumulación.

SEGUNDO: Hacer pública la relación del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, solicitantes de ayudas a la promoción interna del personal que deben subsanar o aportar documentación.

TERCERO: Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios ubicado en la oficina de registro municipal de la calle Bustamante 16, planta baja, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

CUARTO: Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la
documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

La presentación de la documentación requerida se realizará exclusivamente por vía telemática, en la intranet o extranet municipal Ayre / A mi Ayre / Mis ayudas / Ayudas tramitadas, en la que se incorporará la documentación justificativa requerida escaneada en formato digital (pdf, tiff, .jpg).

Madrid, a 8 de octubre de 2018.- La Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones, Angela García Sánchez.

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