Fecha de publicación AYRE: 25 de junio de 2018
1) Entre las novedades más significativas en transporte de las Bases de Acción Social de 2018 figura la entrega de la tarjeta de transporte anual (abono de transporte) al personal funcionario interino de vacante, laboral interino de vacante, al personal laboral indefinido y al personal eventual, dejando de percibir la ayuda en metálico.
Este cambio implica que si dicho personal quiere acceder a la ayuda de transporte, como requisito indispensable, deberá solicitar la expedición de la tarjeta anual de transporte, antes del 30 de septiembre de 2018, siguiendo los pasos detallados en el artículo 4 de las Bases específicas de ayuda de transporte “A) Abono de Transporte”.
Realizados los trámites correctamente, en el plazo aproximado de 2 meses recibirá un correo electrónico del Servicio de Acción Social avisando de la recogida de la tarjeta expedida, momento en el que se pondrá fin al pago mensual en la nómina de la cuantía de la ayuda que hasta ahora percibían.
2) En el caso de que este personal cumpla alguno de los requisitos previstos en el artículo 1 de las Bases específicas de ayuda de transporte “B) Ayuda de Transporte en Metálico” podrá seguir siendo beneficiario de esta modalidad, previa nueva solicitud y acreditación formulada al efecto.
3) Si como anteriores beneficiarios de la “B) Ayuda de Transporte en Metálico” el personal indicado en el apartado 1) hubiese adquirido por su cuenta una tarjeta de transporte anual - siempre que se acredite mediante la presentación en cualquier oficina de registro de la declaración responsable - , se continuará percibiendo la ayuda en metálico hasta finalizar el año. Y deberá solicitar obligatoriamente entre el 19 de noviembre y el 30 de noviembre de 2018, la expedición de la tarjeta anual de transporte para el año 2019, siguiendo los trámites previstos en el apartado 1).
Si no se solicita en esas fechas, no se garantiza la disponibilidad de la tarjeta anual el 1 de enero de 2019 y, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2018 se pondrá fin al pago de la ayuda en metálico.
4) El personal con contrato o nombramiento temporal, el personal con contrato celebrado a tiempo parcial (fijo o temporal) o el personal con contrato discontinuo durante el tiempo en que presten servicios, continuará siendo beneficiario de la Ayuda de Transporte en Metálico. Al final del año, se procederá de oficio a regularizar los importes atrasados correspondientes a la actualización de las cantidades mensuales, de acuerdo con el importe del abono mensual de la zona de residencia y por el tiempo de prestación de servicios efectivos.
Para resolver cualquier duda, tenemos a su disposición los siguientes canales de información en función del Área de Gobierno, Distrito u Organismo Autónomo, al que pertenece la persona solicitante:
Madrid Salud:
Agencia de Actividades:
Agencia Tributaria Madrid:
Agencia de Empleo:
Informática Ayuntamiento de Madrid:
Ayuntamiento de Madrid:
