Fecha de publicación BOAM: 7 de junio de 2021
Acumular los expedientes individuales de solicitudes de ayuda de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2021, que deben subsanar o aportar documentación, dada su identidad sustancial.
Requerir al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, relacionado en el expediente, para que subsanen su solicitud o aporten la documentación indicada en cada caso.
Otorgar un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.
Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).
Ordenar la inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de comedor escolar para hijos e hijas del personal municipal del Ayuntamiento de Madrid requeridas, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.