Apertura nuevo plazo presentación solicitudes Intendente, Inspector/a, Subinspector/a y Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid

Fecha de publicación : 9 de marzo de 2021

  • Resolución de 8 de marzo de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se abre un nuevo plazo para la presentación de instancias en los procesos selectivos de promoción interna de las categorías de Intendente, Inspector/a, Subinspector/a y Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocados mediante resoluciones del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 18 de enero de 2021
  • Abrir un nuevo plazo de 20 días hábiles para la presentación de instancias en los procesos selectivos de promoción interna independiente de las categorías de Intendente, Inspector/a, Subinspector/a y Oficial de la Policía Municipal, que fueron convocados mediante Resoluciones del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, de fecha 18 de enero de 2021, respectivamente, y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.808, de 19 de enero de 2021, manteniéndose la validez de las instancias presentadas que durante este nuevo plazo no se vean modificadas.
  • A dichos efectos, aquellos aspirantes que ya hubiesen presentado instancia de participación y abonado la tasas por derechos de examen solamente presentarán nueva instancia si tienen que alegar nuevos méritos derivados de la modificación de las bases específicas de cada proceso selectivo (distinciones). Dicha instancia será realizada mediante el modelo normalizado de instancia general que figura en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, sin abono de tasas.
  • Los aspirantes que no hubiesen presentado instancia de participación ni abonado las tasas por derechos de examen, deberán presentar solicitud de admisión a las pruebas selectivas junto con el justificante de haber abonado las referidas tasas, debiendo, en dicha solicitud, alegar, y, en su caso, justificar, los correspondientes méritos a valorar en la fase de concurso. La solicitud de participación será realizada mediante el modelo normalizado de admisión a pruebas selectivas que figura en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

PRIMERO

Abrir un nuevo plazo de 20 días hábiles para la presentación de instancias en los procesos selectivos de promoción interna independiente de las categorías de Intendente, Inspector/a, Subinspector/a y Oficial de la Policía Municipal, que fueron convocados mediante Resoluciones del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, de fecha 18 de enero de 2021, respectivamente, y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.808, de 19 de enero de 2021, manteniéndose la validez de las instancias presentadas que durante este nuevo plazo no se vean modificadas.

A dichos efectos, aquellos aspirantes que ya hubiesen presentado instancia de participación y abonado la tasas por derechos de examen solamente presentarán nueva instancia si tienen que alegar nuevos méritos derivados de la modificación de las bases específicas de cada proceso selectivo (distinciones). Dicha instancia será realizada mediante el modelo normalizado de instancia general que figura en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, sin abono de tasas.

Los aspirantes que no hubiesen presentado instancia de participación ni abonado las tasas por derechos de examen, deberán presentar solicitud de admisión a las pruebas selectivas junto con el justificante de haber abonado las referidas tasas, debiendo, en dicha solicitud, alegar, y, en su caso, justificar, los correspondientes méritos a valorar en la fase de concurso. La solicitud de participación será realizada mediante el modelo normalizado de admisión a pruebas selectivas que figura en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

SEGUNDO

Dicho plazo, será computado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

TERCERO

En caso de que las solicitudes se presenten por los/las aspirantes en formato papel en cualquier oficina de asistencia del Ayuntamiento de Madrid u otra administración, el órgano gestor notificará la necesidad de subsanación de la solicitud, puesto que de no llevarse a cabo la presentación de la solicitud por los medios electrónicos indicados se tendrá por no presentada. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Los/las aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, solo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

CUARTO

Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

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