Recordatorio de obligaciones del personal municipal en materia de protección de datos

Fecha de publicación: 2 de junio de 2026

En relación con la Instrucción 1/2019 sobre funciones y obligaciones del personal municipal en materia de protección de datos personales, desde la Oficina de Protección de datos se recuerda a todo el personal del Ayuntamiento de Madrid la necesidad de conocer y cumplir estrictamente las obligaciones que en ella se establecen.

En particular, insistimos en los siguientes aspectos esenciales:

  • La necesidad de guardar el deber de confidencialidad respecto a los datos personales a los que se tenga acceso en el ejercicio de las funciones profesionales, obligación que se mantiene incluso una vez finalizada la relación de servicio.
  • La prohibición de comunicar o facilitar los datos personales que se conozcan durante el desempeño de las funciones atribuidas a terceros no autorizados.
  • La obligación de acceder únicamente a aquellos sistemas de información, datos y recursos municipales para los que se disponga de autorización, y siempre en el marco del desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo.

Recordamos, expresamente, que el acceso a la información por motivos personales, aun cuando se disponga de autorización técnica para ello, no constituye un uso legítimo y supone la vulneración de la normativa aplicable.

El incumplimiento de las obligaciones recogidas en la citada Instrucción puede dar lugar a la aplicación del correspondiente régimen disciplinario, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades legales.

El personal municipal debe ejercer la máxima diligencia en el cumplimiento de estas obligaciones, como garantía esencial para la protección de los datos personales y el correcto funcionamiento de los servicios públicos prestados por el Ayuntamiento.

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