Ultima actualización: 20 de julio de 2024
EXCLUSIVAMENTE AL PERSONAL JUBILADO O PENSIONISTA Y PREVIA CONCERTACIÓN DE CITA
Este servicio de apoyo en la tramitación se presta en la Dirección General de Función Pública de forma exclusiva para el personal jubilado o pensionista y previa concertación de cita accediendo a la web "jubilacion.madrid.es", en la pestaña Ayudas sociales, entrando en el documento “Implantación de la cita previa para personal jubilado y pensionista”, y haciendo clic en el texto “Cita previa”, para consultar la agenda con los días y horas disponibles.
En la fecha y hora de la cita, se acudirá puntual a la unidad de información que gestione la solicitud:
- Exhibir su DNI.
- Entregar debidamente cumplimentado el formulario “Autorización comunicación de datos a terceros” y aportar una copia del DNI de la persona autorizante (titular de la ayuda).
Las autorizaciones tendrán validez durante el año en que se otorgan, salvo revocación previa expresa.
Si la consulta no se puede resolver en el momento, se trasladará a la Unidad de Acción Social correspondiente, remitiendo la contestación por correo electrónico en plazo mínimo posible.
Si la consulta no se puede resolver en el momento, se trasladará a la Unidad de Acción Social correspondiente, remitiendo la contestación por correo electrónico en plazo mínimo posible.
Tienen a su disposición los distintos canales de comunicación:
1- Telefónico 91 588 23 75 (de lunes a viernes de 9 a 14 horas) para facilitar información genérica.
2- Mediante el formulario de consultas de acción social para facilitar información genérica o individualizada.
3- Presencial, en el caso de la Unidad de Información de Acción Social del Ayuntamiento de Madrid, sita en la C/Bustamante, 16. 2ª planta 28045 Madrid, previa concertación de cita accediendo a la web "jubilacion.madrid.es".
Asimismo, le informo de que, si tiene alguna dificultad en este trámite de cita previa, puede dirigirse al número de teléfono: 91 588 23 75 (de lunes a viernes de 9 a 14 horas) o al formulario de consultas de acción social
SE FACILITA INFORMACIÓN PERSONALIZADA
- Solicitar información general o personalizada.
- O autorizar a que se facilite información a otra persona, enviando debidamente cumplimentado el formulario “Autorización comunicación de datos a terceros” a la Unidad de información respectiva y adjuntando copia del DNI de la persona autorizada.
Las autorizaciones tendrán validez durante el año en que se otorgan, salvo revocación previa expresa.
SE FACILITA ÚNICAMENTE INFORMACIÓN GENÉRICA:
El personal municipal tiene derecho a las ayudas de acción social siempre que esté incluido en el ámbito de aplicación de cada una de las líneas de ayudas fijadas en las Bases generales y las Bases específicas reguladoras de acción social.
Personal municipal: Personal en servicio activo del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos (incluido si presta servicios efectivos, en permiso retribuido, o en incapacidad temporal).Asimismo, excepto la ayuda de transporte, el personal en excedencia por razón de violencia terrorista, por cuidado de familiares, empleadas públicas municipales en excedencia por razón de violencia de género.
El personal temporal, excepto la ayuda de transporte, tiene una carencia de tres meses de servicio en los trescientos sesenta y cinco días anteriores a la solicitud de la ayuda.
Los Cargos Electos y el Personal Directivo.
Además, podrá percibir ayudas de acción social por gastos que hayan sido generados por los o las integrantes de su unidad familiar, siempre que se encuentren de alta en la base de datos municipal como personas beneficiarias de la unidad familiar de Acción Social, tanto en el momento de presentar la solicitud de la ayuda, como en el momento de realización del gasto que motiva la misma.
Las ayudas de Acción Social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Por ello, una vez que figures de alta en el Sistema informático y te faciliten tu clave personal de ayre, accede a través de la ruta ayre /Mi área personal/Acción social/Mis ayudas, a gestionar tu unidad familiar y a solicitar ayudas.
Las cuantías y plazos pueden consultarse en las Bases Generales de convocatoria de las ayudas de acción social y las Específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social que se aprueban cada año y se publican en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal ayre.
Ayudas asistenciales.
Conceptos incluidos:
Línea I. Aparatos ópticos.
Línea II. Aparatos auditivos y arreglos y prótesis dentales.
Línea III. Aparatos ortopédicos.
Línea IV. Productos alimenticios específicos.
Línea V. Tratamientos de fertilidad.
Línea VI. Vacunas.
Línea VII. Tratamiento fisioterapéutico.
Ayuda de educación infantil.
Conceptos incluidos: Gastos de asistencia a escuela infantil. Se abona a partir de la incorporación al trabajo de las/los progenitoras/es, tras la finalización del permiso por parto, adopción o acogimiento. Se abonará hasta la fecha de inicio del curso escolar del año en el que el/la menor cumpla 3 años de edad, o 6 años en caso de discapacidad del hijo/hija.
Ayuda para tratamiento psicológico o psiquiátrico.
Conceptos incluidos: Gastos ocasionados por tratamientos psicológicos o psiquiátricos, no farmacológicos.
Ayuda por gastos de adopción o acogimiento.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de la adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple.
Ayuda de estudios para la formación del personal.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de los estudios reglados que curse el personal municipal.
Ayuda de estudios para la formación de los hijos e hijas.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de los estudios reglados que cursen los hijos/as desde los 3 hasta los 28 años en el año de la convocatoria correspondiente, del personal municipal en activo.
Ayuda de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de la asistencia a comedor escolar de los hijos/as desde los 3 años a los 16 años.
Ayuda a la promoción interna del personal.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de la preparación de procesos de promoción interna en el Ayuntamiento de Madrid, a los que se presente el personal municipal.
Ayuda por discapacidad física, intelectual o sensorial.
Conceptos incluidos: Gastos ocasionados por cónyuge, pareja de hecho e hijos e hijas con discapacidad física, intelectual o sensorial igual o superior al 33%, que estén a cargo del personal en activo del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, integrantes de la unidad familiar y cuyos ingresos no sean superiores al IPREM incrementado en un 20%.
Ayuda por discapacidad de ascendientes a cargo.
Conceptos incluidos: Gastos derivados de la discapacidad de ascendientes en primer grado de consanguinidad/afinidad, integrantes de la unidad familiar con una discapacidad igual o superior al 50%, que convivan con la persona solicitante y cuyos ingresos no sean superiores al IPREM incrementado en un 20%.
Ayuda de transporte.
Conceptos incluidos:
Préstamos reintegrables.
En el Acuerdo Convenio también se recoge la posibilidad de solicitar un préstamo reintegrable previa justificación razonada de la necesidad de hacer frente a gastos económicos de naturaleza extraordinaria, por los siguientes conceptos:
Las ayudas de acción social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Las ayudas de acción social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Las ayudas de acción social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Requisitos generales de las facturas de rectificación:
La rectificación se realizará mediante la expedición de una nueva factura en la que se harán constar los datos identificativos de la factura rectificada. Dicha factura rectificativa deberá cumplir los requisitos que se establecen como obligatorios con carácter general.
En todas las facturas rectificativas se hará constar su condición de documento rectificativo y la identificación de las facturas rectificadas.
También será obligatoria la expedición de una factura rectificativa en los casos en que el tipo impositivo se hubiese determinado incorrectamente o se hubieran producido las circunstancias que dan lugar a la modificación de la base imponible.
Se podrá efectuar la rectificación de varias facturas en un único documento de rectificación, siempre que se identifiquen todas las facturas rectificadas.
Las ayudas de acción social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Las ayudas de acción aocial para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
El día que cumplen 18 años las hijas/os causarán baja automática en la unidad familiar. Podrá solicitarse la renovación de su condición de persona beneficiaria siempre que convivan en la unidad familiar y quede acreditado que no han percibido rentas anuales superiores a 8.000 euros en el año anterior.
A partir de ese año, causarán baja automática a 31 de diciembre de cada año, debiendo, si siguen cumplimento los requisitos exigidos, solicitar su renovación en enero, hasta el año en que cumplan 28 años*:
- Si la renovación se solicita durante el mes de enero, los efectos serán desde el 1 de enero.
- Si la renovación se solicita con posterioridad, los efectos serán desde la fecha de la solicitud.
*La condición de persona beneficiaria de los hijos e hijas finaliza el día que cumplan 25 años, excepto en la ayuda de estudios, que finaliza el día que cumplan 28 años. Sin embargo, en el caso de hijos/hijas con discapacidad igual o superior al 33% no hay límite de edad, debiendo renovar anualmente de la misma forma indicada anteriormente.
Las ayudas de Acción Social para el personal municipal y las gestiones de la unidad familiar se tramitan, exclusivamente, por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal “ayre”.
Las personas acogidas o tuteladas que ya estén de alta como personas beneficiarias en la unidad familiar, deberán acreditar anualmente la continuidad de dicha condición, mediante documento actualizado expedido por el organismo competente, realizando cada año una nueva solicitud de “alta”:
- Si la nueva alta se hace durante el mes de enero, los efectos son desde el 1 de enero.
- Si la nueva alta se hace con posterioridad, los efectos serán desde la fecha de la solicitud.
. Fallecimiento de la persona empleada.
. Incapacidad permanente de la persona empleada.
. Otras garantías (adquisición de silla de ruedas, adaptación del domicilio habitual de la persona asegurada, adaptación del vehículo del asegurado y becas o ayudas de estudios).
Puedes consultar esta información en la ruta de la Intranet municipal ayre /Mi área personal/Acción social/Seguros/ Seguro de vida y accidentes
Para incidencias informáticas dirígete al teléfono 33033 (915133033 desde fuera de la red municipal) o al Portal de incidencias. Para la consulta con las Unidades gestoras de acción social dirígete a estos canales de contacto según donde prestes servicios:
| Ayuntamiento | Subdirección General de Acción Social Calle Bustamante, 16 - 2ª planta 28045 Madrid Tel. 91 588 23 75 formulario de consultas de acción social |
| Agencia Tributaria | Departamento Gestión Recursos Humanos Calle Sacramento, 5 - 2ª planta 28005 Madrid accionsocialatm@madrid.es |
| Agencia para el Empleo | Servicio de Retribuciones y Seguridad Social Paseo Pontones, 10 28005 Madrid Tel. 915133794 aeaccionsocial@madrid.es |
| Agencia de Actividades | Servicio de Recursos Humanos y atención al ciudadano C/Bustamante, 16 - 3ª planta 28045 Madrid Tel. 915882838 rrhhyatencion@madrid.es |
| Informática Ayuntamiento Madrid | Subdirección General de Recursos Humanos y Administración Calle Albarracín, 33 28037 Madrid Tel. 91 588 52 87 iamsgrrhh@madrid.es |
| Madrid Salud | Subdirección General de Recursos Humanos Avenida del Mediterráneo, 62 28007 Madrid Tel. 91 588 53 72 msrecursoshumanos@madrid.es |
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