Medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Comunidad Madrid

Última modificación BOCM: 11 de febrero de 2023

De acuerdo a la ORDEN 1244/2021, de 1 de octubre de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, para el desarrollo de toda clase de actividades económicas y sociales se eliminan las restricciones de aforo si bien se deberán observar las medidas de prevención e higiene generales, así como aquellas específicas que, para determinados sectores de actividad, se disponen en la mencionada normativa, y entran en vigor a las 00:00 horas del 4 de octubre.

Medidas generales:

  • Higiene de manos correcta y frecuente, uso de geles hidroalcohólicos y a disposición del público en todas las instalaciones de carácter público o privado con asistencia de público
  • Uso de mascarilla en los casos en que su utilización sea obligatoria
  • Mantener, cuando sea posible, una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros
  • Cualquier persona que experimente alguno de los síntomas más comunes compatibles con COVID-19 deberá limitar las salidas del domicilio y comunicarlo a su servicio sanitario a la mayor brevedad. En caso de que sea imprescindible abandonar su domicilio deberá utilizar mascarilla en todo momento, realizar la higiene de manos con frecuencia y evitar al máximo las interacciones sociales.
  • En todos los edificios, tanto de uso público como privado, se recomienda proporcionar una ventilación adecuada de los espacios con aire exterior y/o renovar el aire de las dependencias a través de ventilación natural y/o mecánica, minimizando la proporción de aire recirculado cuando se utilice ventilación mecánica.
  • Refuerzo de la limpieza y desinfección de los espacios públicos o privados de afluencia de público garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos, incluidos objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas.

ORDEN 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se
establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

  • Objeto y ámbito de aplicación

    • Primero. Objeto.
    • Segundo. Ámbito de aplicación.
    • Tercero. Efectos.
    • Cuarto. Planes específicos de seguridad, protocolos organizativos y guías.
    • Quinto. Seguimiento de la aplicación de las medidas.
    • Sexto. Control del cumplimiento de las medidas y régimen sancionador.
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