Guía de servicios, prestaciones, ayudas y beneficios dirigidos a personas con discapacidad (2025. Comunidad Madrid)

Fecha publicación: 1 de agosto de 2025

  • La Comunidad de Madrid reúne en una guía todas las prestaciones y beneficios a los que pueden optar las personas con discapacidad
  • Destaca el nuevo servicio de facilitador judicial, pionero en España, que cuenta ya con 150 profesionales acreditados que prestan asesoramiento gratuito a personas con discapacidad inmersas en proceso judiciales.
  • Se incluyen también medidas económicas aprobadas por el Gobierno regional, como la deducción de 500 euros por el cuidado de ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad que convivan con el contribuyente.
  • También la extensión de la deducción por cuidado de hijos al cuidado de mayores dependientes y personas con discapacidad, de modo que puedan desgravarse parte de los gastos por tener contratado a un cuidador. Se trata del 25% de las cuotas que ingresan en la Seguridad Social, con un límite de 450 euros; en el caso de ser una familia numerosa, la deducción se incrementa hasta el 40% y 600 euros.
  • En materia de empleo, la publicación recoge los incentivos para el fomento de la inserción laboral, como la concesión de hasta 9.500 euros por cada contratación indefinida realizada, en función del grado de discapacidad del trabajador. Además, se puede obtener una cuantía adicional de 500 euros si el puesto beneficia a una mujer, y de 2.000 euros en el caso de ser la primera incorporación efectuada por una persona autónoma.
  • Asimismo, se mantienen otros beneficios, como la reserva de plazas en entidades públicas o privadas de más de 50 empleados, exenciones de tasas universitarias o becas para alumnos con discapacidad que cursan estudios superiores.

Este documento se ha confeccionado para que sirva de orientación a aquellas personas que, teniendo reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, quieran conocer algunos de los servicios, prestaciones o beneficios vinculados a dicho reconocimiento. Las utilidades de la acreditación del grado de discapacidad pueden variar en función de la normativa local, autonómica o estatal correspondiente y en función de cada ejercicio presupuestario. Es importante también tener presente que hay beneficios en los que concurren otros requisitos suplementarios. Se trata, por tanto, de un documento de carácter orientativo, que carece de validez jurídica y que está supeditado a la comprobación por parte de las personas interesadas de los requisitos y vigencia de dichos beneficios.

IMPORTANTE: Salvo que el organismo que gestiona la prestación sea de carácter nacional, los enlaces a trámites de solicitud que se facilitan en este documento son válidos únicamente para las personas empadronadas en la Comunidad de Madrid.

• NOTA 1: Las personas que deseen acceder a los servicios y prestaciones económicas que forman parte del catálogo del Sistema para la Autonomía y la Atención de la Dependencia (SAAD), establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, deben solicitar la valoración de la situación de dependencia que es distinta y complementaria a la del grado de discapacidad.

• NOTA 2: Las necesidades de atención temprana de los menores de 6 años se determinan mediante un procedimiento de valoración específico para el que existe una solicitud independiente.

Organización del contenido:

  • PRESTACIONES ECONÓMICAS
  • BENEFICIOS FISCALES: REDUCCIONES O EXENCIONES EN IMPUESTOS Y TASAS
  • TRANSPORTES
  • VIVIENDA
  • SUMINISTROS DEL HOGAR Y SERVICIOS DE TELEFONÍA
  • EMPLEO, ITINERARIOS DE INSERCIÓN SOCIO-LABORAL Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
  • JUBILACIÓN Y OTRAS SITUACIONES
  • FAMILIAS Y CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR
  • EDUCACIÓN
  • SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS EN DISCAPACIDAD, DEPENDENCIA, PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN TEMPRANA
  • SALUD
  • EJERCICIO DE LA CAPACIDAD JURÍDICA Y JUSTICIA
  • OCIO, DEPORTE Y CULTURA
  • OTROS ENLACES DE INTERÉS
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