Fecha publicación BOE : 16 de abril de 2024
Los ciudadanos de todos los países de la Unión Europea eligen a sus representantes como diputados al Parlamento Europeo cada cinco años. En 2024, se elegirán 720 diputados, 15 más que en las elecciones anteriores del año 2019, que representarán a casi 450 millones de personas.
Los eurodiputados abordan temas políticos, económicos y sociales. Debaten, elaboran y aprueban normas sobre cuestiones fundamentales para todos los países que integran la Unión Europea. Además, defienden los valores de la Unión, aprueban su presupuesto y controlan cómo se gasta el dinero.
El Gobierno convocó las elecciones para el domingo 9 de junio de 2024. La convocatoria entró en vigor el día 16 de abril, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En España se elegirán 61 eurodiputados en 2024 al Parlamento Europeo, dos más que en las elecciones celebradas en 2019.
Los candidatos figuran en listas cerradas, por lo que los electores no pueden cambiar el orden de preferencia de esos candidatos en la lista.
Los partidos, coaliciones, federaciones y agrupaciones de electores pueden presentar candidaturas si acreditan el apoyo de 15.000 firmas. Ningún elector puede firmar en más de una candidatura.
Están exentos de cumplir este requisito los partidos, coaliciones y federaciones que cuenten con las firmas de 50 cargos electos, ya sean diputados, senadores, diputados españoles del Parlamento Europeo, miembros de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas o miembros de las corporaciones locales. Ningún cargo electo puede suscribir más de una candidatura.
Las candidaturas se presentarán ante la Junta Electoral Central entre el 1 y el 6 de mayo, aunque la comunicación de creación de coaliciones debe hacerse entre el 17 y 26 de abril.
El Boletín Oficial del Estado publicará las candidaturas proclamadas el 14 de mayo.
La campaña electoral durará 15 días. Comenzará a las 0 horas del 24 de mayo y finalizará a las 24 horas del 7 de junio.
En las elecciones al Parlamento Europeo, la circunscripción electoral es única en España e integra a todo el territorio nacional. Esto significa que los electores votan a las mismas listas de candidatos con independencia de la comunidad o ciudad autónoma de residencia.
No, en España el voto no es obligatorio. Tanto el voto como la abstención son derechos electorales.
Los electores con nacionalidad española que estén empadronados en España no tendrán que realizar ningún trámite: están registrados automáticamente en el censo electoral. No obstante, es recomendable que comprueben sus datos en la Oficina del Censo Electoral, en especial, si han cambiado de residencia.
El censo electoral para estas elecciones será el vigente el día 1 de febrero de 2024 y recoge las inscripciones realizadas hasta el penúltimo día hábil del mes anterior. Por tanto, incorpora los empadronamientos realizados hasta el 30 de enero.
Si el elector observa algún error, podrá presentar una reclamación para que corrijan sus datos durante un plazo de ocho días a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones.
Por otra parte, los nacionales de otro país de la Unión Europea residentes en España deberán haber manifestado su voluntad en España antes del 30 de enero. Además, tendrán que estar empadronados en el ayuntamiento que les corresponda en los mismos plazos y tendrán las mismas vías de rectificación vigentes para ciudadanos residentes.
Los electores pueden votar de forma presencial en la mesa electoral que les corresponda según el censo electoral o votar por correo tanto si residen en España como si están en el extranjero.
La Oficina del Censo Electoral remite una tarjeta censal a todos los electores residentes en España con sus datos de inscripción en el censo, en la que se les informa de la mesa y el colegio electoral donde les corresponde votar. También pueden consultarse estos datos en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
La votación comenzará las 9 de la mañana y concluirá a las 8 de la noche. Si quedasen en la cola del colegio electoral personas que no hubiesen votado a esa hora, podrán hacerlo. Después votarán los miembros de la mesa electoral y los interventores.
En el colegio tienen que identificarse con un documento original en el que aparezca no foto: DNI, pasaporte o permiso de conducir. No son válidas las fotocopias de documentos.
También es válido presentar la aplicación miDGT y la tarjeta de residencia.
Sí. El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para ejercer el derecho al voto.
La Administración General del Estado o de las comunidades autónomas podrán adoptar medidas precisas para que los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta 4 horas libres retribuidas para ir a votar, en función de cuánto se solape la jornada de trabajo con el horario de las mesas electorales.
Los votantes que no sepan leer o tengan algún tipo de discapacidad (visual, auditiva, intelectual o física) que les impida elegir la papeleta pueden recurrir a una persona de su confianza para que les ayude.
Además, las personas ciegas o con discapacidad visual grave que utilicen el braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o que estén afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), pueden solicitar en el teléfono gratuito 900 150 000 el maletín o kit de votación accesible, que se les entregará en la mesa electoral el día de las elecciones. La solicitud se podrá realizar desde el día de la convocatoria hasta 27 días después, ambos inclusive, es decir, del 16 de abril al 13 de mayo.
Algunos países europeos empezarán a votar el jueves 6 de junio, pero no se empezarán a conocer los resultados hasta el domingo 9, cuando todos los colegios electorales de todos los países hayan cerrado sus puertas.
Los ciudadanos podrán seguir el desarrollo de la jornada electoral a través de una página web de resultados electorales.
Los nuevos eurodiputados conformarán grupos políticos trasnacionales en función de la familia política europea a la que pertenezcan. En su primera sesión plenaria, todos los eurodiputados del nuevo Parlamento elegirán al nuevo presidente de la institución, además de otros cargos de órganos de la cámara. En una sesión posterior, el Parlamento someterá a votación la propuesta de presidencia de la Comisión Europea realizada por el Consejo Europeo, cuya aprobación requiere de mayoría absoluta. Más adelante examinará y aprobará a todo el Colegio de Comisarios.
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