Fecha publicación: 9 de junio de 2023
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido aprobar un criterio interpretativo para unificar criterios a la hora de valorar, de cara a las elecciones generales del 23 de julio, qué pasa con las vacaciones o viajes contratados antes de la convocatoria de los comicios si te toca estar, ese día, en una mesa electoral. En él, piden a las juntas de zona, las encargadas de aprobar o denegar las solicitudes para evitar ser presidente o vocal, que valoren las contrataciones de viajes o vacaciones a cualquier destino que se hubieran realizado antes de la convocatoria de elecciones, esto es, antes del 30 de mayo.
Esto no significa que cualquier persona que tenga algo contratado para esa fecha será excusada automáticamente. Para tomar la decisión, dice el documento, las juntas de zona deberán tener en cuenta dos cosas: la primera, que haya personas suficientes para tener vocales y presidentes, así como sustitutos, en todas las mesas; la segunda, que la persona demuestre con documentos que había contratado esas vacaciones antes del 30 de mayo y que ir a la mesa el 23J le causaría “un perjuicio económico o un trastorno grave”.
Y es que, por regla general y excepto en casos muy tasados, como los mayores de 65 años, son las juntas de zona las que, dependiendo de su criterio, deciden si aceptan o no las excusas de las personas elegidas. El sorteo para presidente y vocales se hará entre todos los electores de menos de 70 años que sepan leer y escribir entre el 22 y el 28 de junio. A partir de entonces tienen tres días para notificarte, así que muy probablemente lo sepas a finales de junio. Una vez te avisen, tienes siete días para alegar ante la junta electoral cualquier “causa justificada y documentada” que te impida acudir, como recoge la Ley electoral. Y, si recurres, tienen que responderte en cinco días.
Eso sí, una instrucción general de 2011 de la JEC, que incluye todos los cambios de los últimos años, marca, en líneas generales, qué excusas sí deben ser aceptadas y cuáles no. De hecho, la Junta decidió ayer que, pese a pedir que se valoren las vacaciones ya contratadas, no es necesario cambiar esa instrucción para incluirlo de forma específica.
Es la norma que enumera qué excusas se aceptarán directamente, siempre que se demuestren, y cuáles se valorarán caso por caso. Eso no significa que no puedas alegar otras, como en el caso de las vacaciones, siempre que demuestres el daño, en este caso económico, que te causaría estar en la mesa.