160 plazas Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid (movilidad sin ascenso)

Última actualización BOAM: 16 de marzo de 2023

Modificación de la relación de aspirantes que han superado la fase de concurso 

  • 160 plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Municipal, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1, en turno de movilidad sin ascenso, para el personal funcionario de otros cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
  • Requisitos:
    • Hallarse en situación administrativa de servicio activo o servicios especiales, en la categoría de policía.
    • Tener una antigüedad mínima de tres años como funcionario de carrera de la categoría de policía de cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comunidad de Madrid y faltarle un mínimo de cinco años para el pase a la situación de segunda actividad, considerándose a dichos efectos no haber cumplido la edad de 50 años en la fecha de presentación de instancias. En la antigüedad requerida, se computará el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de
      segunda actividad por causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
    • No hallarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo causa de embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
    • Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el sistema acceso por movilidad, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
    • Estar en posesión de la titulación académica de bachiller o equivalente, expedidas con arreglo a la
      legislación vigente
    • Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
    • Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las funciones de
      policía. Para ello, con carácter previo al inicio del curso selectivo de formación, se practicará el
      correspondiente reconocimiento médico por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para su comprobación.
    • No hallarse en situación de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de la función pública en la que se hubiese producido la separación o inhabilitación.
    • Cumplir los demás requisitos exigidos para la provisión del puesto de trabajo a cubrir.

Resolución de 15 de marzo de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se procede a la modificación de la relación de aspirantes que han superado la fase de concurso del proceso selectivo para la provisión de 160 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, aprobada mediante resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 7 de marzo de 2023.

PRIMERO.- Proceder, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, a la exclusión del proceso selectivo convocado mediante Resolución de 16 de diciembre de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM número 9.037 de 17 de diciembre), para la provisión de 160 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, para personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, de los opositores relacionados en el Anexo I de la presente Resolución al no cumplir la totalidad de los requisitos establecidos en las Bases Específicas de la convocatoria o haber desistido de su derecho de participación en el mismo.

SEGUNDO.- Aprobar la relación complementaria, contenida en el Anexo II de la presente resolución, con los 6 aspirantes siguientes, por orden de puntuación, a los opositores propuestos, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, en sustitución de los opositores que han decaído en su derecho de participación en el referido proceso selectivo.

TERCERO.- Ordenar la publicación de la presente resolución, junto con los Anexos que la acompañan, en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y Sede Electrónica.

CUARTO.- Requerir a los aspirantes relacionados en el Anexo II a la presente resolución para la realización del reconocimiento médico general y la presentación de la documentación especificada en la base 8 de las Específicas, acreditativa de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para poder ser nombrados funcionarios/as en prácticas.

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