Fecha publicación BOCM: 13 de marzo de 2026
Visto el informe del director general para la Gestión y Desarrollo de las Personas de 10 de marzo de 2026, he resuelto:
Aprobar la lista de aspirantes admitidos y excluidos definitiva correspondiente a la convocatoria de una plaza de Inspector del Servicio de Policía Local en régimen promoción interna y por sistema de concurso-oposición, correspondiente a la OEP 2023, que figura como Anexo I.
La lista definitiva y la fecha de la primera prueba de la fase de oposición (Anexo I), de acuerdo con lo establecido en las bases, será expuesto en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.o y124delaLPACy46delaLJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 de la LPAC y46delaLJCA). IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la LPAC). Todo lo que antecede se hace público a los efectos previstos en la legislación vigente. Lo manda y firma el alcalde-presidente de lo que como titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, doy fe.
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