1671 plazas Escala Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil

Fecha Publicación BOE: 28 de junio de 2022

Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española.
  • No estar privado de los derechos civiles.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año 2022. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2022, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.
  • No superar durante el año 2022 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2022 la edad de 41 años.
  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
  • Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  • No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
  • No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
  • No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
  • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley

Resolución 160/38262/2022, de 24 de junio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 409/2022, de 24 de mayo (BOE número 124, de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2022, y en uso de las competencias que me están atribuidas y con el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública que se determina en el artículo 1 del citado Real Decreto y en el apartado f), del artículo 12 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, dispongo lo siguiente:

Primero.

Convocar pruebas selectivas para el ingreso por acceso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de dicho Cuerpo.

Segundo.

Las pruebas selectivas se regirán por las siguientes disposiciones:

– Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos y garantía de derechos digitales.

– Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

– Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

– Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.

– Real Decreto 935/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

– Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

– Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, publicado por la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero.

– Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.

– Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes.

– Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.

– Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, modificada por Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo.

– Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determina el temario de las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, modificada por Resoluciones de 29 de octubre de 2019, de 27 de enero de 2021 y de 2 de febrero de 2021, en adelante el «temario».

– Las bases que se aprueban por esta Resolución, y que se publican como anexo a ella.

Tercero.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y lo previsto en el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020).

Cuarto.

El Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso selectivo.

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