10 plazas Policía local (turno libre). Ayto Galapagar

Fecha de publicación BOCM: 7 de marzo de 2022

  • Lista definitiva de admitidos y excluidos y fecha primer examen.

  • Aprobar la ampliación en seis plazas de la convocatoria para la provisión definitiva mediante el sistema de concurso-oposición, ofertándose un total de diez plazas del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Galapagar (Madrid), correspondientes al Subgrupo C1 de titulación, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, categoría de Policía, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo del ejercicio 2020 del Ayuntamiento de Galapagar

  • 10 plazas Policía local (turno libre). Ayto Galapagar
  • Requisitos:

    • Tener nacionalidad española.
    • Tener dieciocho años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de instancias
    • Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Título de Bachiller o Técnico o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.
    • Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
    • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
    • Carecer de antecedentes penales.
    • Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres.
    • Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas
    • Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente, que podrá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
    • Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

Por resolución de la segunda teniente de alcalde delegada del Área de Educación, Cultura, Recursos Humanos, Régimen Interior, Festejos, Infancia, Juventud y Participación Ciudadana número 793/2022, de 16 de febrero, se ha resuelto:

Primero

Aprobar la ampliación en seis plazas de la convocatoria para la provisión definitiva mediante el sistema de concurso-oposición, ofertándose un total de diez plazas del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Galapagar (Madrid), correspondientes al Subgrupo C1 de titulación, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, categoría de Policía, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo del ejercicio 2020 del Ayuntamiento de Galapagar.

Segundo

Aprobar la ampliación en dos plazas de la convocatoria para la provisión definitiva mediante el sistema de movilidad sin ascenso, ofertándose un total de tres plazas del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Galapagar (Madrid), correspondientes al Subgrupo C1 de titulación, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, categoría de Policía, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo del ejercicio 2020 del Ayuntamiento de Galapagar.

Tercero

Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Galapagar y en el tablón de edictos físico del mismo.

Cuarto

Contra la referida Resolución, pese a tener la naturaleza de acto de trámite de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al tratarse de la incoación de un procedimiento de concurrencia competitiva, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante a lo anterior, puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime pertinente ante cualquier órgano o autoridad.

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