Calendario escolar para el curso 2020-2021 en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

Fecha publicación BOCM: 8 de julio 2020

  • ¡ATENCIÓN! El calendario escolar aprobado en la ORDEN 1390/2020, de 1 de julio, del Consejero de Educación y Juventud, se ha visto modificado con el Plan de Vuelta al Colegio para el curso 2020/21 presentado el pasado día 25 de agosto por la Presidenta de la Comunidad de Madrid. La actualización de las nuevas fechas en el presente calendario se llevará a cabo en los próximos días, una vez publicada la correspondiente normativa reguladora.

  • ORDEN 1390/2020, de 1 de julio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2020-2021 en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
  • Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

    • En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas
      sostenidas con fondos públicos las actividades lectivas comenzarán el día 4 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 30 de julio de 2021
    • En los centros que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación
      Primaria o Educación Especial, las actividades lectivas comenzarán el día 8 de septiembre
      de 2020 y finalizarán el 22 de junio de 2021.
  • Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas.

    • En los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, las actividades lectivas comenzarán el día 9 de septiembre de 2020 en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Programas Profesionales, Formación Profesional Básica, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior. Las actividades lectivas del primer curso de los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior comenzarán el 28 de septiembre. Las actividades lectivas de los citados centros terminarán el día 23 de junio de 2021,
      excepto para el alumnado de segundo curso de Bachillerato, que finalizará sus actividades
      lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de
      Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad.
    • En los centros de Educación de Personas Adultas las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020, excepto en el caso de los centros penitenciarios, que comenzarán el 9 de septiembre de 2020. La finalización de las actividades lectivas será el día 18 de junio de 2021.
    • En las Escuelas Oficiales de Idiomas las actividades lectivas comenzarán el día 21 de septiembre de 2020. La convocatoria ordinaria se realizará antes del 4 de junio de 2021. En el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias de evaluación y de
      certificación podrán realizarse hasta el día 25 de junio de 2021

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Administración educativa debe establecer anualmente el calendario escolar, que comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.

Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos las actividades lectivas comenzarán el día 4 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 30 de julio de 2021.

El alumnado escolarizado en unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos podrá hacer uso del calendario de primer ciclo de Educación Infantil en las condiciones que oportunamente establezca la Consejería de Educación y Juventud.

En los centros que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Especial, las actividades lectivas comenzarán el día 8 de septiembre de 2020 y finalizarán el 22 de junio de 2021.

Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas

Centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional

Las actividades lectivas comenzarán el día 9 de septiembre de 2020 en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Programas Profesionales, Formación Profesional Básica, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior. Las actividades lectivas del primer curso de los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior comenzarán el 28 de septiembre.

Las actividades lectivas de los citados centros terminarán el día 23 de junio de 2021, excepto para el alumnado de segundo curso de Bachillerato, que finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad.

Con carácter general, en los centros citados anteriormente en este apartado 3.2.1, la evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021.

Centros de Educación de Personas Adultas

Las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020, excepto en el caso de los centros penitenciarios, que comenzarán el 9 de septiembre de 2020. La finalización de las actividades lectivas será el día 18 de junio de 2021.

Conservatorios Profesionales de Música y en los Conservatorios Profesionales de Danza

Las actividades lectivas comenzarán el día 21 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria se realizará antes del 4 de junio de 2021. En el período comprendido desde la finalización de dicha evaluación al 25 de junio de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y la evaluación final extraordinaria. El alumnado de 6.o curso de enseñanzas profesionales finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad.

Escuelas de Arte

Las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020 para el segundo curso y el día 21 de septiembre de 2020 para el primer curso de los ciclos de Artes Plásticas y Diseño, y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021. Hasta el 25 de junio de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y la evaluación final extraordinaria.

Escuelas Oficiales de Idiomas

Las actividades lectivas comenzarán el día 21 de septiembre de 2020. La convocatoria ordinaria se realizará antes del 4 de junio de 2021. En el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias de evaluación y de certificación podrán realizarse hasta el día 25 de junio de 2021.

Centros integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y/o Secundaria:

— Las enseñanzas de Música que se imparten de forma integrada y no integrada en estos centros seguirán el calendario establecido para los Conservatorios Profesionales de Música.

— Las enseñanzas correspondientes a la etapa de Educación Primaria iniciarán sus actividades lectivas el día 8 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 22 de junio de 2021. Para las de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria será de aplicación lo establecido en el apartado 3.2.1 de la presente Orden.

Vacaciones escolares y otros días no lectivos para los centros educativos

Vacaciones:

  • De Navidad. Comprenderán desde el día 23 de diciembre de 2020 hasta el día 6 de enero de 2021, ambos inclusive, excepto en las Escuelas Infantiles y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos que comprenderán desde el 24 de diciembre de 2020 hasta el 6 de enero de 2021, ambos inclusive.
  • De Semana Santa. Comprenderán desde el día 27 de marzo al 4 de abril de 2021, ambos inclusive.
  • De verano. Se iniciarán el día 1 de julio de 2021 excepto en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos en las que se iniciarán el 31 de julio de 2021. En todos los centros terminarán el día anterior al comienzo del curso 2021/2022.

Festividades y otros días no lectivos

Las festividades y los otros días no lectivos tendrán los mismos efectos para los centros educativos que las vacaciones escolares.

Festividades:

Año 2020:

— 12 de octubre.

— 2 de noviembre.

— 7 de diciembre.

— 8 de diciembre.

Los días de fiesta de ámbito local que haya determinado cada municipio para el año 2020 y así aparezcan publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Año 2021:

Los días festivos para el año 2021, que serán establecidos con posterioridad a la firma y difusión de la presente Orden, tendrán efecto sobre el curso 2020-2021. Dichos días festivos serán los siguientes:

— Los que determine la Comunidad de Madrid para el año 2021 en el ejercicio de sus competencias.

— Los días de fiesta de ámbito nacional no trasladables que se establezcan para el año 2021.

— Los días de fiesta local que determine cada municipio para el año 2021 y así aparezcan publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Otros días no lectivos:

A excepción de las Escuelas Infantiles y Escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos públicos, serán no lectivos para los centros educativos los siguientes días:

— 7 y 8 de enero de 2021.

— 19 y 22 de febrero de 2021.

— 26 de marzo de 2021.

— 5 de abril de 2021.

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