2 Comisiones de Servicio Policía local. Ayto Collado Mediano

Fecha publicación BOCM: 29 de julio de 2021

  • 2 Comisiones de Servicio para Policía local
  • Requisitos:
    • Estar en situación de servicio activo, ostentando la condición de funcionario/a de carrera integrado en la Escala Básica, en las categorías de Policía, Subgrupo C-1.
    • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias del servicio operativo.
    • Restar más de dos años para el cumplimiento de la edad establecida para el pase a segunda actividad.
    • Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas al servicio de la Policía Local (A2 y B).
    • Carecer de antecedentes disciplinarios por faltas graves o muy graves.

Las solicitudes se presentarán en la forma descrita en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Por acuerdo de la Junta de Gobierno celebrada en fecha 13 de julio de 2021, ha sido aprobado inicio del proceso correspondiente para la convocatoria de cobertura Policías Locales por Comisión de Servicios.

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE POLICÍA LOCAL PARA SU NOMBRAMIENTO EN COMISIÓN DE SERVICIOS EN PUESTOS DE TRABAJO VACANTES, DE CONFORMIDAD CON LA RPT DEL AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

Primero. Objeto.

Estas bases tienen por objeto la provisión de dos plazas de funcionario/a de Policía local en el Ayuntamiento de Collado Mediano, con carácter de urgencia, en comisión de servicios voluntaria.

Segundo. Requisitos de los aspirantes

Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario cumplir con los siguientes requisitos, referidos todos ellos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

— Estar en situación de servicio activo, ostentando la condición de funcionario/a de carrera integrado en la Escala Básica, en las categorías de Policía, Subgrupo C-1.

— No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias del servicio operativo.

— Restar más de dos años para el cumplimiento de la edad establecida para el pase a segunda actividad.

— Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas al servicio de la Policía Local (A2 y B).

— Carecer de antecedentes disciplinarios por faltas graves o muy graves.

Tercero. Forma de las solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la atención de la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Collado Mediano, pudiendo utilizarse la instancia general. Los interesados manifestarán por escrito su interés en participar, declarando expresamente en dicho escrito de solicitud que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos. Asimismo, indicarán su número de teléfono móvil y correo electrónico, al objeto de facilitar el llamamiento, en su caso.

La solicitud y la documentación se presentarán numeradas y acompañadas de índice por el Registro General de Entrada o por la Sede electrónica del Ayuntamiento de Collado Mediano.

Cuarto. Documentación.

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación o de la acreditación documental de hallarse a la espera de emisión de certificación o informe por la Administración, debiendo en este caso subsanar el defecto de forma en los diez días hábiles siguientes:

a) Fotocopia simple del documento nacional de identidad, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.

b) Certificado médico referido a los requisitos de capacidad funcional, así como historial de salud laboral expedido por el servicio de Salud Laboral o Prevención de Riesgos Laborales de su Administración Local.

c) Certificado de sanciones disciplinarias de su carrera profesional expedido por las Administraciones para las que se hayan prestado servicios.

d) Autorización de la Administración de destino para el posible nombramiento en Comisión de Servicio.

e) Fotocopia simple, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada, de documentos acreditativos de méritos para su valoración en la fase de concurso. Solo serán tenidos en cuenta los méritos acreditativos documentalmente conforme a la siguiente descripción:

— Méritos referidos a la experiencia: mediante certificaciones expedidas por la administración de origen, donde conste claramente la categoría profesional y la duración de la prestación de servicios.

— Méritos referidos a la formación: mediante copia simple de los títulos/diplomas o certificación de superación de cursos o estudios.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en la forma descrita en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Baremo de méritos.

Se valorarán los méritos acreditados atendiendo al siguiente baremo:

a) Experiencia: por haber prestado servicios con la categoría de Policía en cualquier Administración Local, a razón de 0,10 puntos por año completo de servicio, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Cursos de perfeccionamiento: jornadas o seminarios directamente relacionados con las funciones de Policía Local. Se considerarán relacionados con las funciones del puesto de trabajo, además de los cursos específicos de carácter policial, aquellos cursos relacionados con calidad, competencias básicas, igualdad de género, informática y prevención de riesgos. Se puntuarán a razón de 0,01 puntos por hora hasta un máximo de 6 puntos.

Solo se valorarán los cursos impartidos por Administraciones públicas o instituciones privadas en colaboración con entidades públicas o instituciones privadas de las siguientes: universidades, sindicatos, fundaciones, colegios profesionales, ONG o instituciones sin ánimo de lucro en cuyos fines se encuentre la formación.

c) Idiomas: nivel B2 o superior, a razón de 0,5 puntos por idioma hasta un máximo de 2 puntos.

d) Titulaciones académicas: se puntuarán hasta un máximo de 2 puntos, siendo excluyentes cada uno de los niveles alcanzados:

— Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico: 0,50 puntos por cada titulación

— Título de Grado o Licenciado: 1 punto por cada titulación.

— Título de Doctor: 1,25 puntos.

— Por cada máster oficial o título de postgrado se sumarán 0,25 puntos a la puntuación de la formación académica correspondiente.

Séptimo. Entrevista personal.

Los aspirantes serán convocados a una entrevista personal mediante anuncio en sede electrónica, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan en la fecha señalada.

La entrevista se calificará de apto/no apto y versará sobre cuestiones vinculadas a las funciones y tareas propias del puesto de policía y a la experiencia profesional de los y las aspirantes, pudiéndose efectuar preguntas sobre el nivel de formación.

Los candidatos deberán acudir provistos de DNI, pasaporte o permiso de conducción.

Octavo. Tribunal calificador.

El tribunal calificador estará compuesto por un presidente, un secretario y tres vocales, de la Corporación municipal, todos ellos con voz y voto.

La composición del tribunal se publicará con carácter previo al inicio del proceso selectivo

Noveno. Calificación.

Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación. Se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Collado Mediano la relación de aspirantes por el orden de puntuación obtenida, con indicación del número de documento de identidad, y la puntuación alcanzada.

Décimo. Creación de Bolsa de Empleo.

Conjuntamente con esta convocatoria se constituirá una Bolsa de Empleo a efectos de cubrir plazas vacantes de Policía Local cuando las circunstancias así lo requieran y siempre que exista crédito presupuestario que lo permita. La Bolsa se compondrá con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso y no hayan obtenido plaza en comisión de servicios por el número de vacantes.

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