Fecha publicación BOCM: 27 de diciembre de 2019
Los empleados públicos de las Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid podrán solicitar la participación en las acciones formativas previstas en el presente plan a través de la Federación de Municipios de Madrid, en el plazo y de acuerdo con el procedimiento que esta determine
Las Administraciones públicas en el ejercicio de sus potestades tienen el deber de velar por el establecimiento, mantenimiento y perfeccionamiento de unas estructuras idóneas en las que todos los elementos que las integran realicen su papel en unas condiciones óptimas. En este engranaje uno de los principales valores es el componente humano en el que se personifican cada una de las manifestaciones del ejercicio del poder público, traducido en servicios dirigidos a una ciudadanía conocedora de sus derechos y de los estándares de calidad propios de una sociedad avanzada.
La Dirección General de Función Pública en el desempeño de la función que tiene atribuida sobre el diseño y ejecución de la política de formación del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, adquiere, un año más, el compromiso de ofrecer un proyecto formativo dirigido a los empleados públicos madrileños que aborde las necesidades planteadas en cualquiera de los estratos sobre los que la Administración autonómica extiende su actuación y, que a la vez, llegue al mayor número posible de colectivos de empleados públicos. Todo ello, con el fin de poner a disposición del ciudadano una función pública altamente cualificada y adaptada a los constantes cambios que exige una sociedad moderna y plural. Para ello, ha organizado el plan de formación para el año 2020 como un conjunto ordenado y coherente de instrumentos y acciones cuyo objeto es propiciar el desarrollo integral de las competencias y habilidades de quienes prestan servicios en esta Administración.
Siguiendo el camino iniciado en anteriores ejercicios el plan de formación tiene en cuenta, tanto las necesidades de cualificación para el desempeño del puesto de trabajo por parte de sus destinatarios, como, el deber de facilitarles el desarrollo profesional y personal. Todo ello, con la seguridad de contribuir, de este modo, a mejorar la seguridad en el cumplimiento de las funciones propias de su puesto de trabajo, su autoestima y su satisfacción personal al verse dotado de las herramientas y conocimientos necesarios, no solo, para afrontar los retos profesionales de la práctica diaria, sino también, para cumplir los objetivos de una Administración de la que son parte y en la que están integrados por su vocación en servicio.
El plan, nuevamente gira en torno a los ejes inspiradores de la política formativa implantada en ejercicios anteriores.
El primero de ellos trata de encontrar un equilibrio entre las diferentes modalidades de formación, de modo que se utilice la más adecuada en función del tipo de acción formativa, de las características específicas de los destinatarios o de las condiciones en las que prestan sus servicios. Es de destacar el papel protagonista de la formación presencial, en razón de la mayor interacción que comporta y de las posibilidades que ofrece para reproducir y adaptarse a la realidad laboral de los alumnos a través de contenidos y herramientas de naturaleza práctica.
Todo ello, sin olvidar las ventajas de las nuevas tecnologías y la flexibilización del aprendizaje que estas comportan, así como los instrumentos colaborativos y el horizonte de la conciliación, por la que decididamente apuestan las normas reguladoras de las condiciones de trabajo en esta Administración autonómica.
El segundo eje incide en la confianza en el talento interno para la impartición de las acciones formativas. A través de esta línea, para la impartición de una gran parte de las acciones formativa que integran el plan, se cuenta con un consolidado cuerpo docente de alto nivel de especialización y elevado nivel de compromiso integrado por empleados públicos, que participan, por su pertenencia a la Administración, de los valores de servicio público, acercando la realidad administrativa de la que son buenos conocedores y sus profundos conocimientos académicos a la formación de sus compañeros.
En tercer lugar, el plan es el resultado de una amplia colaboración y de una suma de esfuerzos, pues al llevado a cabo por el personal de la Dirección General de Función Pública que se materializa en las acciones formativas directamente incorporadas al plan, se ha añadido, por un lado, el realizado por los diferentes centros directivos de la Administración de la Comunidad de Madrid, a través de necesidades formativas detectadas y convertidas en propuestas y, por otro, el de las organizaciones que representan al personal de esta administración, cuyo papel también ha sido clave y esencial. Todo ello, basado en la seguridad de que cuanto más amplio sea el grado de intervención en la elaboración del plan mayor será la garantía de acierto en la definición de las acciones formativas previstas.
Como viene siendo habitual en los últimos ejercicios, también para 2020, el plan de formación, se aprueba con anterioridad al inicio de dicho año, lo cual, facilitará, sin duda, una mejor programación y distribución de los cursos en el calendario anual y una más sencilla adaptación del plan a las exigencias temporales y cíclicas de la actividad de la Administración, el derecho a la formación de los empleados y a la gestión de la política formativa.
En virtud de cuanto antecede, previa su aprobación por acuerdo unánime de la mesa Paritaria de Formación de personal laboral y funcionario de administración y servicios y de la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad de Madrid, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11, apartado p), del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública,
RESUELVO
I. Cuestiones generales
Primero
Objeto
La presente resolución tiene como objeto aprobar y dar publicidad al plan de formación para empleados públicos de la Comunidad de Madrid para 2020, así como abrir el plazo de presentación de solicitudes para la participación en las acciones formativas incluidas en el mismo.
Segundo
Ámbito de aplicación
1. Las acciones formativas que integran los programas objeto de esta resolución van dirigidas a la totalidad de quienes presten sus servicios o desarrollen sus funciones en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea la naturaleza de su vínculo jurídico o la duración de su nombramiento o contrato.
2. En iguales términos, podrá participar en estas acciones formativas el personal de administración y servicios de las Universidades Públicas y Centros Universitarios de la Comunidad de Madrid, comprendidos en el artículo 21.1.b) de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019.
3. En cada una de las acciones formativas que comprende el presente Plan podrá participar al menos un empleado público al servicio de las Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid, con la excepción de aquellas que, por su contenido únicamente referenciado a la Administración autonómica, sean excluidas de esta posibilidad por la Dirección General de Función Pública.
4. En las acciones formativas destinadas al personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid podrán participar también los miembros de los cuerpos de bomberos de los municipios del ámbito territorial de esta administración autonómica, de conformidad con lo que se establezca en los Convenios de Colaboración que pudieran suscribirse en materia de prevención, extinción de incendios y salvamento entre la Vicepresidencia, Consejería de Justicia, Interior y Víctimas y las citadas Corporaciones Locales.
Igual posibilidad será de aplicación a cualquier otro colectivo afectado por los Convenios de Colaboración que, al respecto, se adopten durante la vigencia de este Plan y, en general, respecto de cualquier personal que en ese período pueda ser objeto de traspaso a la Administración de la Comunidad de Madrid.
III. Procedimiento de solicitud y acceso a las acciones formativas
Tercero
Presentación de solicitudes
Los empleados públicos de las Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid podrán solicitar la participación en las acciones formativas previstas en el presente plan a través de la Federación de Municipios de Madrid, en el plazo y de acuerdo con el procedimiento que esta determine.