Fecha de publicación BOCM: 25 de enero de 2021
Por decreto del Alcalde de 14 de enero de 2021, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2020,con el contenido que se indica a continuación, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento en cumplimiento de lo establecido en los artículos 70.2 del texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 128 del texto refundido de la disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
— Grupo según artículo 76 y disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
— Grupo C; Subgrupo C1. Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase policía local y sus auxiliares, número de vacantes: 2, denominación Policía Local.
— Grupo A; Subgrupo A2. Clasificación: Administración Especial, Subescala Técnica, número de vacantes: 1, denominación: Técnico de informática.
— Nivel de titulación: graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Número de vacantes: 1. Denominación del puesto: Oficial de Servicios Múltiples A.
— Nivel de titulación: certificado de escolaridad. Número de vacantes: 1. Denominación del puesto: Operario Servicios Múltiples A.
De conformidad con lo preceptuado en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el plazo máximo para la convocatoria de los procesos selectivos de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público, así como de hasta un 10 por 100 adicional será de treinta y seis meses a contar de la publicación de la presente Oferta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponer con carácter potestativo y en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la última publicación de este anuncio, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
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