Estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

Fecha de publicación BOCM: 24 de octubre de 2019

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DECRETO 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

El Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, ha creado la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas a la que se le atribuyen las competencias que correspondían a la Consejería de Justicia, así como las de interior, emergencias, víctimas del terrorismo atribuidas a la anterior Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía y las de ordenación y control del juego de la anterior Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
Por su parte, el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las consejerías de la Comunidad de Madrid establece los órganos políticos y directivos de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

En consecuencia, procede ahora concretar la estructura y competencias, hasta el nivel de subdirección general, de los distintos órganos administrativos que la integran, así como sus entidades y órganos adscritos o dependientes.

Los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son observados en el contenido y tramitación seguida por este Decreto. Conforme a los principios de necesidad y eficacia se trata de una norma necesaria para el desarrollo de la organización administrativa establecida en el Decreto 73/2019, de 27 de agosto. De acuerdo con el principio de proporcionalidad contiene la regulación imprescindible para definir
la estructura y competencias de los órganos políticos y directivos de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas; y conforme al principio de seguridad jurídica se adecua a la legislación estatal básica y autonómica en la materia. El proyecto ha sido sometido a los informes preceptivos de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de las Secretarias Generales Técnicas y, en particular, de la Consejería de Presidencia en materia de calidad normativa, no resultando preceptivos los trámites de consulta pública y de audiencia e información pública al tratarse de una norma de carácter organizativo.

En su virtud, de conformidad con los artículos 21 u) y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Función Pública, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 22 de octubre de 2019,

Competencias de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas

1. La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en las materias que se exponen seguidamente.
2. El Consejero de Justicia, Interior y Víctimas ejerce las competencias que le atribuye el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y demás disposiciones, respecto de los siguientes ámbitos materiales:

a) Justicia:
1º La gestión del personal funcionario y laboral al servicio de la administración de justicia, incluyendo la elaboración y tramitación de las propuestas de resolución de las reclamaciones de responsabilidad que procedan en función de las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid, así como la ejecución de las resoluciones judiciales en el ámbito de sus competencias.
2º La participación en la fijación de la demarcación y planta judicial, así como en la fijación de las demarcaciones correspondientes en las notarías, registros de la propiedad y mercantiles radicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.
3º La tramitación del nombramiento de los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles del territorio de la Comunidad de Madrid.
4º Los servicios de custodia y la gestión de los archivos judiciales.
5º El régimen interior, los servicios generales y la gestión ordinaria, incluyendo la dotación de mobiliario y equipos de impresión y reproducción destinados a la reposición de los ya existentes, en los órganos de la administración de justicia.
6º La gestión del pago de las indemnizaciones necesarias para el funcionamiento del tribunal del jurado, actuaciones periciales en juicio, así como a los testigos en los distintos procesos judiciales.
7º La gestión, conservación y el mantenimiento de los inmuebles e instalaciones al servicio de la administración de justicia, así como la planificación de nuevas construcciones, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Consejería con competencias en materia de gestión patrimonial.
8º La mejora de las instalaciones de seguridad y la implantación de los planes de emergencia y evacuación de los inmuebles al servicio de la administración de justicia.
9º El seguimiento y, en su caso, informe en relación con los recursos y las demandas planteadas contra la administración de la Comunidad de Madrid en materia de justicia.
10º El Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las actuaciones que correspondan a las consejerías que ejerzan el protectorado de las fundaciones por razón de sus fines.
11º Las competencias en materia de colegios profesionales.

b) Interior:
1º Las competencias en materia de asociaciones.
2º Las competencias en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, incluidos los espectáculos taurinos, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
3º Las competencias en materia de seguridad, política interior y protección civil.
4º Las competencias en materia de coordinación de policías locales.
5º Las competencias en materia de prevención y extinción de incendios.
6º Las competencias en materia de coordinación de emergencias.
7º La ordenación y control del juego en los términos previstos en el presente Decreto.

c) Víctimas:
1º Las competencias en materia de atención a las víctimas del terrorismo.
2º Las competencias en materia de atención, en general, a las víctimas del delito.

Competencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112

1. Corresponde a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ejecutar, bajo la dirección del titular de la consejería, la acción del Gobierno en las materias relacionadas en el artículo 1.2 b), además de ejercer las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, respecto de los centros directivos adscritos a la misma.

En particular, le corresponde el impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia de:
a) Coordinación de los servicios operativos pertenecientes a la Comunidad de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias.
b) Seguridad y política interior.
c) Prevención y extinción de incendios y salvamentos.
d) Protección civil.
e) Atención de llamadas al número único europeo 112.
f) Coordinación y demás facultades en relación con las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
g) Formación y calidad en materia de seguridad y emergencias.
h) Coordinación del Grupo Operativo de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Comunidad de Madrid (ERICAM).
i) Espectáculos públicos y actividades recreativas, incluyendo los espectáculos taurinos, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
j) Asociaciones de ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
k) Coordinación de la acción del organismo Autónomo Madrid 112.
l) Ordenación y control del juego.

Organización Consejería de Justicia, Interior y Víctimas

La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas ejerce las atribuciones señaladas en el artículo 1 a través de los siguientes órganos:
1. Secretaría General Técnica.

a) Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo.
b) Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa.
c) Subdirección General de Personal.
d) Subdirección General de Análisis y Organización.

2. Viceconsejería de Justicia y Víctimas, integrada por los siguientes órganos:
a) Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.

2.a.1) Subdirección General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia.
2.a.2) Subdirección General de Régimen Económico.

b) Dirección General de Infraestructuras Judiciales.

2.b.1) Subdirección General de Infraestructuras Judiciales.
2.b.2) Subdirección General de Medios Materiales y Suministros.

c) Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo.

3. Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, con rango de Viceconsejería, integrada por los siguientes órganos:
a) Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

a) Subdirección General de Gestión Administrativa.
b) Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
c) Subdirección General de Seguridad.
d) Subdirección General de Protección Civil.
e) Subdirección General de Política Interior.
f) Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego

b) Dirección General de Emergencias.

a) Jefatura del cuerpo de Bomberos.
b) Jefatura del cuerpo de Agentes Forestales.
c) Subdirección General de Gestión Administrativa.
d) Subdirección General de Coordinación Operativa.

Están adscritos a la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas los siguientes órganos y entes que integran la administración institucional:
a) El organismo autónomo administrativo Madrid 112.
b) El organismo autónomo administrativo Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.

Están adscritos a la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas los siguientes órganos colegiados:
a) Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.
b) Comisión de Protección Civil.
c) Comisión Regional de Accidentes Mayores.
d) Observatorio Regional de la Violencia de Género.
e) Comisión de Salud Laboral del cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
f) Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
g) Junta de Expurgo de la documentación judicial de la Comunidad de Madrid.

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