Becas de Formación Profesional de Grado Superior. Curso 2018/19

Fecha de publicación BOCM: 16 de mayo de 2018

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación
de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 6 de julio
de 2018.

EXTRACTO de la Orden 1521/2018, de 26 de abril, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Formación Profesional de Grado Superior correspondiente al curso  2018-2019. BDNS (Identif.): 397452

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (htttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).

Primero
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que realicen algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial, en centros privados autorizados por la Consejería competente en materia de educación, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con la Consejería competente en materia de Educación, o en centros de titularidad de otra Consejería, Ministerio (o departamento equivalente de la Administración Local) que no sea el competente en materia de Educación, o de cualquiera de sus órganos, entes públicos, entidades u organismos dependientes, en tanto no suscriban concierto o convenio con la Consejería competente en materia de educación.

Segundo
Objeto
Becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2018-2019.

Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras se recogen en la Orden 792/2017, de 15 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de marzo).

Cuarto
Criterios de baremación
Las becas se concederán en función de la renta per cápita familiar hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.

Quinto
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 20.000.000 de euros.

La cuantía individual de la beca anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:

TRAMO DE RENTA         CUANTÍA PARA EL              CUANTÍA PARA EL
PER CÁPITA                          PRIMER CURSO               SEGUNDO CURSO
FAMILIAR
Hasta 6.455 euros                         2.600 €                                     2.020 €
De 6.455,01 a 9.318 euros           2.300 €                                      1.780 €
Más de 9.318 euros                       2.000 €                                      1.540 €

En el caso de alumnos beneficiarios o familias beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de 3.200 euros euros anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.500 euros anuales para los alumnos que realicen el segundo curso.

Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales en familias con especial situación socioeconómica o cuando se haya acreditado la condición de refugiado.

Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 6 de julio de 2018.

Madrid a 26 de abril de 2018.
El Consejero de Educación e Investigación,
RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
(03/15.845/18)

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