Última actualización BOAM: 21 de julio de 2022
PRIMERO.- Resolver las alegaciones presentadas al Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360, en el correspondiente periodo de información pública, en el sentido que se detalla en la memoria incorporada al expediente.
SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360, que se incorpora como anexo al presente acuerdo.
TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.