Última actualización BOAM: 16 de septiembre de 2024
Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2024, excluidas las plazas correspondientes al cuerpo de Policía Municipal, al cuerpo de Bomberos y al servicio SAMUR-Protección Civil, con el número de plazas de personal funcionario y personal laboral que figura en los anexos I y II, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.
Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución, así como en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público, estas podrán incorporar plazas incluidas en las ofertas de empleo público de ejercicios anteriores o que se aprueben con posterioridad que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.Tres.3.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, de eficacia prorrogada para el vigente año 2024, las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria de proceso selectivo derivada de ofertas de ejercicios anteriores a 2023, podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan trascurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria deberá identificar las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.
El presente acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado a través de la Delegación del Gobierno en Madrid y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
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