Fecha de publicación BOAM: 27 de enero de 2022
Por Resolución de 13 de enero de 2022 del Director General de Policía Municipal, publicada en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.055, de 14 de enero de 2022, se convocó un puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-PM 2/2022.
De conformidad con lo establecido en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como en el artículo 48 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal de 31 de marzo de 1995, y en uso de las competencias previstas en el apartado 8.1.3.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM número 8.429, de 1 de julio de 2019),
PRIMERO.- Adjudicar el puesto de trabajo que figura en el Anexo a la persona propuesta.
SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión de la persona propuesta.
El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005 y 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Esta resolución se publicará también en la Orden General del Cuerpo, tal y como dispone el artículo 49 del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, presentado por Registro Único, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 123, 124 y 30 de la LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).