Fecha de publicación BOE: 17 de abril de 2018
Por resolución de Alcaldía 32/2018, de 8 de marzo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, una vez aprobado definitivamente el presupuesto de 2018 de este Ayuntamiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2018), y existiendo plazas vacantes dotadas presupuestariamente, he resuelto:
Primero.—Aprobar la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Robledo de Chavela para el año 2018, con el número de plazas de personal funcionario y laboral de que se relacionan, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto:
Funcionarios de carrera
1.o Denominación: cabo de la policía.
— Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales.
— Grupo C, subgrupo C2.
— Sistema: Promoción interna.
— Número de vacantes: una.
2.o Denominación: policía.
— Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales.
— Grupo C, subgrupo C2.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una.
Personal laboral:
1.o Denominación: ordenanza.
— Grupo L5.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una.
2.o Denominación: peón de jardinería.
— Grupo L5.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una.
3.o Denominación: oficial de mantenimiento y conservación.
— Grupo L5.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una.
4.o Denominación: peón de mantenimiento y conservación.
— Grupo L5.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una.
5.o Denominación: encargado de obras.
— Grupo L4.
— Sistema: turno libre.
— Número de vacantes: una
Segundo.—Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución.
Tercero.—La presente resolución se remitirá a la Administración General del Estado y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo establecido legalmente.
En Robledo de Chavela, 2018.—El alcalde-presidente (firmado). (03/12.257/18)