Fecha de publicación BOCM: 21 de marzo de 2025
- Modificación Oferta Empleo Público 2025. Ayto San Martín de Valdeiglesias
- Añadida 1 plaza Policía local (turno libre)
La convocatoria de estas plazas está pendiente de publicación en el BOE (no está abierto el plazo de presentación de solitudes)
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha 3 de marzo de 2025, se aprobó la modificación Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2025:
PROMOCIÓN INTERNA
DENOMINACIÓN PLAZA: Subinspector/a Jefe Seguridad Ciudadana
GRUPO/ SUBGRUPO: A2
Nº PLAZAS: 1
DENOMINACIÓN PLAZA: Oficial Policía Local
GRUPO/ SUBGRUPO: C1
Nº PLAZAS: 3
DENOMINACIÓN PLAZA: Jefe/a Negociado Tesorería y Rentas
GRUPO/ SUBGRUPO: C1
Nº PLAZAS: 1
PERSONAL FUNCIONARIO
DENOMINACIÓN PLAZA: Gestor/a Administrativo
GRUPO/ SUBGRUPO: C1
Nº PLAZAS: 2
DENOMINACIÓN PLAZA: Técnico Administración General
GRUPO/ SUBGRUPO: A1
Nº PLAZAS: 1
DENOMINACIÓN PLAZA: Policía local
GRUPO/ SUBGRUPO: C1
Nº PLAZAS: 1
PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN PLAZA: Oficial Maquinista
GRUPO/ SUBGRUPO: C2
Nº PLAZAS: 1
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.