Fecha Publicación BOE: 7 de septiembre 2023
Se convocan 2.458 plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de policía, de la Policía Nacional.
Del total de 2.458 plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, se reservan 491 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, en su redacción dada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de
la Policía Nacional. Las 1.967 plazas restantes serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería que no sean cubiertas se acumularán a las 1967.
El tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas de la fase de oposición, un número de opositores/as superior al de plazas convocadas.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, los criterios de prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos a otros/as serán los siguientes:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda prueba (conocimientos).
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba y, en caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el empate.
1.2 Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de formación y c) módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
2.1 Requisitos.
2.1.1 Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación en la Policía Nacional.
c) No haber sido condenado o condenada por delito doloso, grave o menos grave, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional aprobado por Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, recogido en el anexo IV, salvo lo que se indica en la
base 6.1.3.a) respecto de las causas de exclusión cuya efectividad ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo.
e) No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones salvo prescripción facultativa previa.
f) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir.
h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
3.1 Plazo para solicitud de admisión.
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 Liquidación de las tasas de examen.
Los procedimientos de inscripción en el proceso y liquidación de las tasas, se recogen en el anexo III de la presente convocatoria.
4.1 Admisión de aspirantes: lista de personas admitidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Policía publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», la resolución por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas del proceso, si bien únicamente incluirá relación de las personas aspirantes excluidas expresando la causa o causas de exclusión.
La relación de persona aspirantes admitidas y las excluidas se harán públicas en las siguientes páginas web:
– https://www.policía.es
– https://www.interior.gob.es
La lista de personas admitidas contendrá: los datos personales; las sedes de examen designadas por cada aspirante para la realización de la primera y segunda prueba; el idioma elegido atendiendo a la base 6.3.