Preguntas frecuentes reducción de jornada Ayto Madrid

Última actualización: 30 de septiembre de 2020

  • Indicaciones elaboradas por la SG Situaciones Administrativas, Funcionarios Interinos y Registro de Personal sobre reducción de jornada. Ayto Madrid.

1. ¿Cuáles son los requisitos y documentación necesaria para poder solicitar una reducción de jornada retribuida por cuidado de hijo con enfermedad grave?

Se deberán cumplir los siguientes requisitos: el hijo debe ser menor de edad, ambos progenitores deben trabajar y la enfermedad del hijo debe estar contemplada en Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, modificado por la Orden TMS/103/2019, de 6 de febrero.

Para su solicitud se presentará, a través de un Registro, una instancia general, concretando el % de la reducción (que será entre un 50% y un 100% de la jornada laboral), el horario de su disfrute y la fecha de inicio. Se acompañará la siguiente documentación: informe médico normalizado actualizado en el que conste el código de la enfermedad, acuerdo entre progenitores para su disfrute y Certificado de la empresa del otro progenitor, acreditando que se encuentra en activo sin hacer uso, en la actualidad, de esta reducción de jornada.

2. ¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar una reducción de jornada por cuidado de familiar y por cuánto tiempo podré disfrutarla?

La reducción de jornada por cuidado de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, se solicitará con 15 días hábiles de antelación, por un mínimo de 7 días y su duración no podrá exceder del 50% de su jornada laboral ni ser inferior a 15 minutos, debiendo concretar el periodo por el que la solicita, así como el tramo horario en el que la desea disfrutar.

Documentación requerida: libro de familia para acreditar el parentesco,  informe médico de facultativo del servicio público de salud indicando que el familiar a su cargo necesita ayuda para realizar las tareas de la vida cotidiana y un documento que acredite que dicho familiar no desempeña actividad retribuida.

Se concede con carácter anual, pudiendo, en caso de ser necesario, solicitarse, nuevamente, aportando la documentación actualizada.

3. ¿Cómo puedo renunciar a una reducción de jornada concedida?

Mediante la presentación, a través de un Registro y con una antelación de 7 días hábiles a la fecha prevista de inicio, de una instancia general en la que deberá concretar los efectos de la renuncia.

De haberse iniciado el disfrute de la reducción de jornada, la fecha de efectos de la renuncia deberá coincidir con un día laborable, debiendo tener en cuenta, además, que se debe haber disfrutado, al menos, de 7 días hábiles naturales.

4. ¿Cuáles son las características de la reducción de jornada por cuidado de hijo?

Esta reducción de jornada conlleva la reducción proporcional de las retribuciones; la edad del hijo deberá ser inferior a 12 años; se solicitará con una antelación de quince días hábiles y por un periodo mínimo de 7 días naturales, debiendo finalizar en fecha inmediatamente anterior a un día laborable.

El tiempo de reducción será desde un mínimo de 15 minutos hasta un máximo de la mitad de la jornada, debiendo concretarse el horario para su disfrute. El desistimiento de su solicitud o la renuncia a la reducción de jornada concedida se realizará con una antelación de 7 días hábiles a la fecha prevista de inicio.

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